Declaran nula la Asamblea General de la ADI Ipís de Goicoechea por irregularidades en el proceso electoral


LA VOZ DE GOICOECHEA
(Por Isaí Jara, periodista).- 
La Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (DINADECO), a través de su Dirección Legal y de Registro, resolvió acoger la acción de nulidad interpuesta contra la Asamblea General de Afiliados de la Asociación de Desarrollo Integral (ADI) de Ipís de Goicoechea, celebrada el pasado 11 de enero del presente año.

La impugnación fue presentada por las afiliadas Carmen Lorena de la Trinidad Miranda Carballo y Rosaura Castellón Navarro, quienes alegaron diversas irregularidades en el desarrollo del proceso asambleario. Tras el análisis de las pruebas y la normativa aplicable, DINADECO determinó que la asamblea incurrió en vicios que afectan su validez.

Entre las principales anomalías detectadas se destacan:

- Participación de personas sin estar registradas en el padrón de afiliados, quienes ejercieron voz y voto sin cumplir con los requisitos establecidos.

Irregularidades en el procedimiento de elección de la junta directiva, incluyendo inconsistencias en la cantidad de votos registrados y la modificación del sistema de votación por una persona sin legitimación para intervenir en el proceso.

Influencia indebida de un tercero, el señor Freddy Ramos Corea, quien sin ser afiliado asesoró y participó activamente en la asamblea, afectando el proceso de elección de la nueva junta directiva.

Ante estas evidencias, DINADECO decretó la nulidad de la asamblea y todos sus acuerdos, ordenando además la no inscripción de las personas elegidas en dicha sesión. Asimismo, la entidad instó a los afiliados a convocar una nueva asamblea conforme a la normativa vigente.

Cabe destacar que la ADI Ipís de Goicoechea se encuentra actualmente sin personería jurídica, por lo que el 10% de los afiliados podrá solicitar formalmente la convocatoria de una nueva asamblea a través del equipo técnico regional de DINADECO.

Contra esta resolución, las partes afectadas pueden interponer los recursos ordinarios de revocatoria y apelación ante la Dirección Legal y de Registro de DINADECO en un plazo de tres días hábiles a partir de su notificación.


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