Fiscal General se equivocó al solicitar datos sobre nombramiento de Marta Esquivel


LA VOZ DE GOICOECHEA
(Por Redacción).- 
El fiscal general de la República, Carlo Diaz, incurrió en un error al solicitar información sobre el nombramiento de la ministra de Planificación Nacional y Política Económica, Marta Esquivel, al Consejo de Gobierno. Según le aclaró el Despacho Presidencial en una carta de respuesta, el nombramiento de ministros es una potestad exclusiva del presidente de la República y no una decisión colegiada del Consejo de Gobierno.

La solicitud de información fue enviada por el fiscal general el pasado 24 de enero a la secretaria del Consejo de Gobierno, Yara Jiménez Fallas, en el marco de la investigación dentro de la causa penal Nº 25-000005-0033-PE por el delito de abuso de autoridad y otros. En su misiva, Diaz solicitó una certificación del acuerdo mediante el cual se nombró a Esquivel como ministra, así como los requisitos para ocupar dicho cargo.

No obstante, la respuesta del director de Despacho Presidencial, Gabriel Aguilar, fechada el 6 de febrero, dejó en evidencia la equivocación del fiscal general. En su carta, Aguilar recordó que los ministros no son designados por el Consejo de Gobierno, sino directamente por el presidente de la República, de acuerdo con el artículo 139, inciso 1) de la Constitución Política, que establece:

"Son deberes y atribuciones exclusivas de quien ejerce la Presidencia de la República: 1) Nombrar y remover libremente a los ministros de Gobierno."

Además, el Despacho Presidencial adjuntó el artículo 142 de la Constitución, que detalla los requisitos para ocupar un cargo ministerial:

1) Ser ciudadano en ejercicio.

2) Ser costarricense por nacimiento o naturalizado con al menos diez años de residencia después de haber obtenido la nacionalidad.

3) Ser del estado seglar.

4) Haber cumplido veinticinco años de edad.


Aguilar incluyó la certificación del acuerdo de nombramiento de Esquivel, con lo que dio por satisfecha la solicitud del Ministerio Público.

La solicitud de información por parte del fiscal general se enmarca en un abierto enfrentamiento con el presidente Rodrigo Chaves. En redes sociales, Diaz ha sido señalado de utilizar herramientas legales para contrarrestar cuestionamientos del Ejecutivo, especialmente en lo referente al nombramiento de su pareja en cargos del Ministerio Público, con presuntos ascensos y aumentos salariales irregulares.

*


New2020-  Goicoechea es el cantón número 8 de la provincia de San José, fundado en 1891. Hoy conformado por siete distritos: Guadalupe, San Francisco, Calle Blancos, Mata de Plátano, Ipís, Rancho Redondo y Purral. Donde orgullosamente decimos: "De la montaña a la ciudad, así se extiende mi cantón". "Goicoechea, Goicoechea, te llevo en el corazón." -

Los comentarios expresados en las secciones de opinión, reclamos del pueblo, campos pagados, negociemos, en la opinión de los lectores y comentarios de terceros al final de las notas o en las páginas de redes sociales, son responsabilidad exclusiva de sus autores. 
La Voz de Goicoechea (www.lavozdegoicoechea.info) es un medio de comunicación independiente, y no toma como suyas dichas opiniones por lo que no se responsabiliza por el contenido emitido por terceros. Todas las imágenes que muestra este medio, se utilizan solo con fines ilustrativos, por tanto se respetan todos los derechos de autor según corresponda en cada caso, siendo nuestra principal labor de la informar a nuestros lectores.

Déjanos tus comentarios al final de cada nota que presentamos ;
nos interesa tú opinión al respecto. Te invitamos a participar...

Pueden escríbenos también a nuestro correo electrónico

2017 © 2025

Miembro de la Red de Medios Alternativos Independientes - REDMAI


Producciones Periodísticas y Publicitarias Montezuma

Goicoechea, San José - Costa Rica


 
Reactions

Publicar un comentario

1 Comentarios

  1. Se le olvidó lo que le enseñaron en Educación Cívica en el colegio.

    ResponderBorrar

Queremos ver tus comentarios, estos nos enriquecen y ayudan a mejorar nuestras publicaciones :
_______________________________________________