RESTRICCION VEHICULAR EN SAN JOSE - Se aplica de lunes a viernes de 6 am a 7 pm.

- Aplica por día y último número de placa - LUNES PLACAS 1 y 2 - MARTES PLACAS 3 y 4 - MIERCOLES PLACAS 5 y 6 - JUEVES PLACAS 7 y 8 - VIERNES PLACAS 9 y 0 - SABADOS Y DOMINGOS SIN RESTRICCION -
.

Sentencia de Sala Constitucional respalda acciones del Gobierno de la República sobre ciberseguridad para redes 5G y superiores


LA VOZ DE GOICOECHEA
(Por Isaí Jara, periodista).- 
La semana anterior se dio a conocer por parte de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia la sentencia completa que respalda las acciones del Gobierno de la República para regular la implementación de la tecnología 5G en Costa Rica a través del “Reglamento Sobre Medidas de Ciberseguridad Aplicables a los Servicios de Telecomunicaciones Basados en la Tecnología de Quinta Generación Móvil (5G) y Superiores”, el cual fue emitido por el Poder Ejecutivo para garantizar la seguridad, privacidad y confidencialidad de los datos de la ciudadanía y las empresas.

Esta decisión, que rechaza un recurso de amparo y medidas cautelares de suspensión de dicha normativa, que fuese presentado por una empresa de telecomunicaciones, reafirma la facultad del Gobierno de la República para establecer requisitos técnicos y de seguridad en la implementación de las tecnologías 5G y superiores, garantizando así la protección de la infraestructura crítica del país y el régimen jurídico de derechos e intereses de los usuarios.

La sentencia número 2024-002222 de las catorce horas del veintiséis de enero de dos mil veinticuatro subraya la importancia de la seguridad nacional y la defensa en materia de telecomunicaciones, aspectos fundamentales que el MICITT debe considerar al emitir la regulación del Sector, incluyendo los parámetros técnicos para la implementación de las tecnologías 5G y superiores, al tiempo que reconoce que en este caso, no se está contraviniendo la libre competencia, la libre concurrencia en el mercado de las telecomunicaciones, ni tampoco identifica que el Reglamento establezca disposiciones que conlleven discriminación alguna hacia algún proveedor o suministrador.

Puntos clave de la sentencia:

El Poder Ejecutivo tiene la competencia para definir las reglas del juego desde la política pública en materia de ciberseguridad para redes de telecomunicaciones en tecnologías 5G y superiores.

El Reglamento no establece disposiciones de imposible cumplimiento para

las empresas ni discrimina a ninguna empresa en particular.

El Reglamento no transgrede la Constitución Política ni los Tratados Internacionales.

La neutralidad tecnológica está supeditada a los intereses legítimos de la política pública.

El presidente de la República Rodrigo Chaves y la ministra del MICITT Paula Bogantes, expresaron una vez más su preocupación por el retraso en la resolución de una medida cautelar interpuesta por un sindicato del ICE ante el Tribunal Contencioso Administrativo. Esta medida ha suspendido la ejecución del Reglamento Sobre Medidas de Ciberseguridad Aplicables a los Servicios de Telecomunicaciones Basados en la Tecnología de Quinta Generación Móvil (5G) y Superiores, a pesar de que la Sala Constitucional ha respaldado su legalidad y pertinencia. Dicho retraso pone al ICE en desventaja en un mercado competitivo.


*

New2020-  Goicoechea es el cantón número 8 de la provincia de San José, fundado en 1891. Hoy conformado por siete distritos: Guadalupe, San Francisco, Calle Blancos, Mata de Plátano, Ipís, Rancho Redondo y Purral. Donde orgullosamente decimos: "De la montaña a la ciudad, así se extiende mi cantón". "Goicoechea, Goicoechea, te llevo en el corazón." -

Los comentarios expresados en las secciones de opinión, reclamos del pueblo, campos pagados, negociemos, en la opinión de los lectores y comentarios de terceros al final de las notas o en las páginas de redes sociales, son responsabilidad exclusiva de sus autores. 
La Voz de Goicoechea (www.lavozdegoicoechea.info) es un medio de comunicación independiente, y no toma como suyas dichas opiniones por lo que no se responsabiliza por el contenido emitido por terceros. Todas las imágenes que muestra este medio, se utilizan solo con fines ilustrativos, por tanto se respetan todos los derechos de autor según corresponda en cada caso, siendo nuestra principal labor de la informar a nuestros lectores.

Déjanos tus comentarios al final de cada nota que presentamos ;
nos interesa tú opinión al respecto. Te invitamos a participar...

Pueden escríbenos también a nuestro correo electrónico

2017 © 2024

Miembro de la Red de Medios Alternativos Independientes - REDMAI


Producciones Periodísticas y Publicitarias Montezuma

Goicoechea, San José - Costa Rica


 

Publicar un comentario

0 Comentarios

- Fútbol Primera División de Costa Rica -

    1-  Asociación Liga Deportiva Alajuelense 22  -  2- Asociación Deportiva San Carlos  21  -  3-   Deportivo Saprissa  21  -  4- Club Sport Cartaginés 20  -  5- Club Sport Herediano 17 -  6-  Sporting San José 17  -  7-Asociación Deportiva Municipal Liberia  14  -  8-  Asociación Deportiva Guanacasteca y de la península de Nicoya 12  -  9- Asociación Deportiva Pérez Zeledón  10 -  10- Asociación Deportiva Municipal Santa Ana F.C.  10  -   11- Puntarenas Fútbol Club  4  -  12- Asociación Deportiva Santos  4  -