“Aclarado lo anterior y para seguridad jurÃdica de todos los actores concernidos en el proceso (independientemente de su posición respecto de la iniciativa legal), el TSE ejerce esta facultad en aras de que la Sala Constitucional se pronuncie, ya no solo sobre la legitimación y momento oportuno en que puede realizarse la consulta, sino sobre el fondo de esta”, agregaron.
Ahora se espera que los magistrados determinen si la consulta popular procede o no. Si no hay roces con la Constitución, se autorizarÃa a la recolección de firmas, que deben coincidir con el 5% del padrón electoral, es decir, 185 mil firmas.
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