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Una ley y 13 años de basura en las calles de Goicoechea


LA VOZ DE GOICOECHEA
(Por 
Gerardo R. Del Valle G).-  
El 13 de julio del año 2010, hace más de 13 años, se publica en el Diario Oficial La Gaceta número 135, La Ley para la Gestión Integral de Residuos número 8839, la cual rige para la República de Costa Rica a partir de su publicación. Esta Ley regula la gestión integral de residuos y el uso eficiente de los recursos, mediante la planificación, ejecución de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas, educativas, ambientales y saludables de monitoreo y evaluación; de hecho es la única herramienta que impone una sanción a quien se convierta en infractor al botar desechos en el caso que nos interesa en la vías públicas.

Después de una investigación exhaustiva, he logrado ubicar una Municipalidad que logró reglamentar esta Ley y en aplicación, la de San Rafael de Heredia, de ahí en adelante no tengo conocimiento de alguna otra Municipalidad que se interesara en aplicarla como corresponde, incluyendo nuestra Municipalidad, la cual incluso cuenta con un Departamento denominado Gestión Ambiental.

De acuerdo a esta Ley, las Municipalidades son las llamadas a establecer y aplicar rigurosamente esta ley, teniendo el apoyo del Ministerio de Salud y otros entes afines. El artículo 8 de dicha norma, establece que las Municipalidad serán los entes responsables de la gestión integral de los residuos generados por los habitantes del cantón, así como aplicar las sanciones por incumplimiento, lo cual incluye abandono de residuos ordinarios en la vía pública, sistemas de alcantarillados, nacientes, cauces de agua y sus zonas de protección; así como en propiedad privada no autorizada para tales fines (artículo 54 inciso a) de dicha Ley).

Preocupa sobre manera el desinterés de quienes tienen la responsabilidad de ejecutar ésta Ley, especialmente en Goicoechea, de hecho éste servidor en el año 2021 mediante escrito dirigido a la Alcaldía Municipal insistía en la urgente necesidad de implementar dicha Ley que, aún en ausencia de un Reglamento, lo anterior por cuanto en la norma en cuestión, se determina claramente las obligaciones, responsabilidades y acciones para cada uno de los participantes en la aplicación de la misma, lo cual incluye a las Municipalidades, Ministerio de Salud y ciudadanos, siendo que inclusive se puede implementar la imposición de multas que rondan los cuatrocientos mil colones.

Ni una, ni la otra, un Departamento de Gestión Ambiental Municipal que reconoce la problemática, pero no menciona ni por asomo aplicar esta Ley (recordemos que la Ley que rige es para que se cumpla y nadie puede alegar desconocimiento de ésta), sino que se limita apegar rótulos y algunos volantes. De dicha unidad no se evidencia una gestión activa, ni eficiente ni eficaz, especialmente en la utilización adecuada de los recursos municipales ni por el medio ambiente, lo que genera la imposibilidad de aplicación de una Ley, que desde hace más de 10 años se encuentra vigente, violentando principios fundamentales en la gestión pública, esto por cuanto existe responsabilidad de los funcionarios públicos al realizar actos indebidos, pero también por la no ejecución de actuaciones que la ley les instruye, en virtud de lo que enmarca el principio de legalidad.

Si no desean los honorables miembros del Concejo Municipal de Goicoechea reglamentar esta Ley, entonces pueden emitir protocolos, lineamientos, directrices, o cualquier otro marco regulatorio que permita su aplicación, lo importante es actuar en pro de la salud de una comunidad, pero mientras tanto, debemos los buenos vecinos, lidiar con aquellos que gustan de botar basura a las vías públicas a sabiendas que la Municipalidad no actúa (si existe criterio contrario ruego omitir mi concepto).

Mientras tanto, como ocurre actualmente en la Ciudadela Rodrigo Facio, en donde un vecino reporta todos los días bien tempranito a su comunidad, la problemática de la basura en calles, aceras y parques vía video por Whatsapp, esta práctica debería de extenderse a otras comunidades para que por lo menos se ponga en evidencia esta problemática de la basura en las vías públicas.

Espero y tengo toda la confianza que la Municipalidad de Goicoechea de una vez por todas emprenda la labor de crear un lineamiento que permita la aplicación de la Ley 8839, lo cual le ahorraría al Municipio contratar los servicios de maquinaria, equipo y personal para estar recogiendo la basura a cielo abiertos en las esquinas y lugares solapados que luego se convertirán en botaderos oficiales si no se actúa a la brevedad.

Hace algunos días, un miembro del Concejo Municipal mediante Moción también se sumó a la serie de inquietudes del porqué no se aplica esta Ley, veremos con el pasar del tiempo sus resultados.

*

New2020-  Goicoechea es el cantón número 8 de la provincia de San José, fundado en 1891. Hoy conformado por siete distritos: Guadalupe, San Francisco, Calle Blancos, Mata de Plátano, Ipís, Rancho Redondo y Purral. Donde orgullosamente decimos: "De la montaña a la ciudad, así se extiende mi cantón". "Goicoechea, Goicoechea, te llevo en el corazón." -

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