LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara, periodista).-A partir de este martes 2 de enero de 2024, las agrupaciones políticas retoman sus actividades de propaganda tradicionales, tras la conclusión de la veda electoral que se extendió desde el 16 de diciembre hasta el 1° de enero de 2024.
Durante este período, los partidos y los medios de comunicación estuvieron sujetos a restricciones, como la prohibición de llevar a cabo pautas comerciales en medios tradicionales e Internet, así como actividades proselitistas en espacios públicos. No obstante, se permitieron actividades partidarias privadas, como reuniones y debates, que no estaban dentro de esta prohibición.
Estas reglas, enmarcadas en el artículo 136 y 137 inciso d del Código Electoral, buscaban respetar el período festivo de Navidad y fin de año, según explicó Héctor Fernández, director general del Registro Electoral del TSE.
Con el levantamiento de la veda electoral, las agrupaciones políticas y los medios de comunicación pueden ahora ajustarse al cronograma establecido por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE):
Enero 2024:
Miércoles 3 de enero: Último día para que el Registro Civil imprima las listas definitivas de electores.
Jueves 4 de enero: Posibilidad de presentar un nuevo integrante a la junta receptora de votos dentro de los cinco días hábiles siguientes, en caso de ausencia inicial de un integrante nombrado.
Lunes 8 de enero: Plazo final para que los partidos políticos o coaliciones inscritas soliciten la acreditación de sus fiscales ante los organismos electorales.
Miércoles 10 de enero: Último día para que los partidos políticos presenten solicitudes de permiso para actividades proselitistas en zonas públicas.
Jueves 11 de enero: Plazo final para solicitar la sustitución de integrantes de juntas receptoras de votos no juramentados.
Sábado 20 de enero: Entrega del material electoral a las juntas cantonales y distribución del padrón electoral por distrito.
Lunes 22 de enero: Vencimiento para solicitar la acreditación de observadores a la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos.
Sábado 27 de enero: Todo el material electoral debe estar en manos de las juntas receptoras de votos.
Domingo 28 de enero: Último día para la celebración de reuniones o mítines políticos en zonas públicas.
Miércoles 31 de enero: Vencimiento para difundir total o parcialmente encuestas y sondeos de opinión, así como para la difusión de propaganda en medios de comunicación colectiva por parte de los partidos políticos.
Febrero 2024:
Domingo 4 de febrero: Realización de los comicios municipales para elegir diversos cargos.
Marzo 2024:
Miércoles 20 de marzo: Plazo para que los partidos políticos incluyan gastos justificables generados por su participación en el proceso electoral, para obtener la contribución estatal.
El órgano electoral recalca que, previo a la elección, habrá un nuevo período de veda electoral que regirá los tres días anteriores a la misma.
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