LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara, periodista).- El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ha emitido la resolución (PIC-4263-M-2023) evidenciando una serie de irregularidades durante las asambleas partidarias del Partido Aquí Costa Rica Manda. En este informe, el TSE destaca discrepancias significativas entre las acciones del partido y lo estipulado en su estatuto.
Según el TSE, el estatuto de Aquí Costa Rica Manda, en su artículo 27, establece las funciones de las Asambleas Cantonales, indicando que deben iniciar la dinámica de postulación de candidatos a nivel cantonal, en lugar de la asamblea nacional. Sin embargo, se han identificado múltiples casos donde estas directrices no se cumplieron. Por ejemplo, en Santo Domingo, el partido designó directamente candidatos en esta circunscripción sin justificación alguna, infringiendo sus propias normativas.
En otras áreas como San José, Montes de Oca, Alajuela, San Ramón, Río Cuarto, Alvarado y Carrillo, las asambleas cantonales fueron canceladas sin razones suficientes, lo que no permitía la designación de candidatos para la asamblea nacional.
En cuanto a Acosta y Guatuso, las asambleas no se llevaron a cabo por motivos exclusivos del partido, y los funcionarios del TSE no recibieron el respaldo de la agrupación para verificar los lugares de celebración. A pesar de esto, el partido designó a los candidatos en la asamblea nacional, incumpliendo las normas establecidas.
En situaciones donde las asambleas cantonales fueron infructuosas, el estatuto de Aquí Costa Rica Manda señala que para designar candidatos directamente en la asamblea superior, se deben realizar al menos dos intentos de convocar la asamblea cantonal. El incumplimiento de este proceso se ha evidenciado en la designación unilateral de candidatos.
El TSE también destaca la falta de pruebas respecto al respeto del sexo de encabezamiento definido previamente para ciertas candidaturas, así como la inadecuación de las publicaciones en redes sociales como pruebas suficientes para justificar el cumplimiento de la paridad horizontal, tal como exige el estatuto del partido.
Además, el TSE subraya que la realización de asambleas cerradas sin permitir la entrada a personas no designadas como delegados nacionales impidió la presentación de nóminas ante la asamblea superior.
Finalmente, el Tribunal no acepta la justificación proporcionada por Aquí Costa Rica Manda sobre la falta de participación de las mujeres en la política, indicando que es responsabilidad de los partidos fomentar la inclusión de diversos grupos en el ámbito político.
Esta resolución señala las inconsistencias y el incumplimiento normativo de internas por parte de Aquí Costa Rica Manda durante sus asambleas, destacando la necesidad de ajustarse a las reglas establecidas para garantizar procesos electorales justos y transparentes.
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