La Sala Constitucional ordena a funcionarios de la Municipalidad de Goicoechea brindar detalles sobre la contratación de obras
LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara, periodista).- Carmen Lorena Miranda Carballo, actual regidora y candidata a la primera vicealcaldía municipal para el periodo 2024-2028 por la coalición Cambio Ciudadano, conformada por los partidos Acción Ciudadana (PAC) y Todos por Goicoechea (PTG), ha presentado un recurso de amparo ante la Sala Constitucional (SALA IV) contra la alcaldesa Irene Campos Jiménez y el director de Ingeniería, Operaciones y Urbanismo, Mario Iván Rojas Sánchez , de la Municipalidad de Goicoechea.
La acción legal surge a raíz de la falta de respuesta por parte de las autoridades municipales ante la solicitud de información relacionada con la contratación del techado de la cancha multiuso de San Francisco y del cierre perimetral de la cancha de Korobó. Además, Miranda también ha solicitado datos sobre la persona responsable de verificar y recibir ambas obras.
El de amparo presentado a la Sala Constitucional argumenta que, el 19 de septiembre de 2023, Miranda Carballo envió una solicitud formal a la Dirección de Ingeniería, Operaciones y Urbanismo de la Municipalidad de Goicoechea, solicitando una copia del contrato de ambas obras y la información correspondiente al supervisor de dichos proyectos. Ante la falta de respuesta, el 17 de octubre de 2023, se presentó una nota dirigida a la alcaldesa municipal, instándola a intervenir para resolver la solicitud sin obtener, hasta la fecha del recurso de amparo, ninguna respuesta satisfactoria.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, mediante resolución emitida el tres de noviembre de 2023, en el expediente No. 23-027260, ha decidido dar un plazo de 3 días hábiles a la alcaldesa Irene Campos Jiménez y al ingeniero municipal Mario Iván. Rojas Sanchez para que proporcionen a esa autoridad judicial la información solicitada.
Carmen Lorena Miranda Carballo ha expresado su preocupación por la falta de transparencia en la gestión de las obras públicas y la necesidad de obtener la información para garantizar la rendición de cuentas. La resolución de la Sala Constitucional destaca la importancia de la pronta entrega de la información requerida para garantizar el ejercicio adecuado de los derechos constitucionales de acceso a la información y participación ciudadana.
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