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En Paraíso: Sala Constitucional vuelve a condenar a municipalidad por caso de propiedades en Luisiana de Ujarrás


LA VOZ DE GOICOECHEA
(Por Isaí Jara, periodista).- 
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia emitió nuevamente una condena contra la Municipalidad de Paraíso, en el caso de las propiedades ubicadas en Luisiana de Ujarrás, tras la persistente desobediencia del alcalde municipal, Carlos Ramírez Sánchez, a las decisiones previamente acordadas por el Concejo Municipal en el año 2019.

La resolución 2023-020259, emitida el 18 de agosto de 2023 a las 09:15 am, se basa en la falta de respuesta por parte del alcalde a la solicitud de información presentada por Litwin Peraza, un vecino adulto mayor de Paraíso. Litwin Peraza había solicitado información sobre el estado del Procedimiento Administrativo de adquisición de terrenos en Luisiana de Ujarrás, con el propósito de restablecer una calle pública que se derrumbó en la zona.

La solicitud de Litwin Peraza incluyó detalles sobre el diseño de la ruta de la calle pública, la identificación de los inmuebles que adquiriría la Municipalidad de Paraíso para garantizar el acceso de niños, niñas, adultos mayores, discapacitados y el público en general. Hasta la fecha de interposición del recurso de amparo, Peraza no había recibido respuesta de la municipalidad, lo que demostró como una vulneración de sus derechos fundamentales.

Carlos Ramírez Sánchez, en su testimonio bajo juramento, declaró que no existía un expediente administrativo ni judicial sobre el tema. Alegó que lo único que existía era un acta de la sesión ordinaria No. 295 del 10 de diciembre de 2019, en la cual se aprobó la recomendación de adquirir los terrenos y destinarlos a reforestación y recuperación para crear un corredor biológico. Ramírez argumentó que este acuerdo no constituía un acto administrativo firme y favorable, sino simplemente una recomendación basada en un informe técnico.

En cuanto a la calle pública, Ramírez Sánchez propuso brindar rutas alternativas para la comunicación de los vecinos y visitantes, situadas a unos 800 metros del punto donde se perdió la vía. Afirmó que tanto las rutas existentes como la alternativa proporcionarían una conectividad eficaz sin aumentar significativamente la distancia del recorrido para los vecinos. También mencionó un plan de acción para intervenir en los tramos existentes y la ruta alterna, incluyendo una limpieza y conformación del camino.

La Sala Constitucional falló a favor de Litwin Peraza, declarando con lugar el recurso y ordenando a Carlos Ramírez Sánchez, o a quien ocupe su cargo, que brinde las respuestas a la solicitud de información en un plazo máximo de diez días a partir de la notificación de la sentencia. Además, se condena a la Municipalidad al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados por los hechos relacionados con este caso, que serán liquidados en ejecución de la sentencia en el ámbito contencioso administrativo.

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