Un vistazo al sector vivienda y ordenamiento territorial


LA VOZ DE GOICOECHEA
(Por Alberto Cabezas, periodista).- 
En una sociedad en constante evolución, donde el acceso a una vivienda adecuada es una necesidad fundamental, el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) y el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (MIVAH) emergen como figuras clave en el panorama del desarrollo habitacional. Ambas instituciones, si bien trabajan en conjunto dentro del Sector Vivienda y Ordenamiento Territorial, se distinguen por sus funciones y competencias específicas.

MIVAH: Forjador de Políticas Habituales y Regulador del Sector

El MIVAH desempeña un papel crucial al establecer y supervisar las políticas habitacionales que se implementan en el país. Estas políticas incluyen estrategias específicas para personas con discapacidad, evidenciando un compromiso con la inclusión y el bienestar de todos los ciudadanos. Desde su fundación en 1986, en colaboración con el Gobierno Central, el MIVAH ha sido pionero en la promulgación de la Ley 7052, que da origen al Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (SFNV) y al propio BANHVI. Esta ley establece las bases para la concesión de los Bonos Familiares de Vivienda, un medio por el cual muchas familias costarricenses han materializado el sueño de tener un hogar propio.

BANHVI: El Pilar Financiero del Sueño Habitacional

Por otro lado, el BANHVI desempeña un papel central como el ente rector del SFNV. Su responsabilidad radica en proporcionar recursos financieros a través del Bono de Vivienda, facilitando así la adquisición de viviendas que se ajustan a las necesidades de las familias que cumplen con los requisitos legales. Para llevar a cabo esta función, el BANHVI se adhiere rigurosamente a las disposiciones de la Ley 7052, utilizando este marco normativo para determinar la elegibilidad y solicitar bonos a familias con discapacidad.

Una Perspectiva Innovadora: Asociaciones y Bonos Familiares de Vivienda

La propuesta de permitir que las asociaciones gestionen directamente los bonos de vivienda, sin involucrar a una constructora, es una sugerencia valiosa que merece ser evaluada por las autoridades de ambas entidades. Sin embargo, la implementación de un cambio tan significativamente requeriría una revisión y modificación de la Ley 7052. Esta ley, actualmente, dicta que los Bonos de Vivienda deben tramitarse a través de instituciones autorizadas por el BANHVI, como mutuales, y cooperativas. Este enfoque garantiza que los recursos sean canalizados de manera eficiente y transparente hacia las familias necesitadas.

Programa Especial para Personas con Discapacidad: Rompiendo Barreras

Un enfoque clave del BANHVI es brindar apoyo específico a personas con discapacidad. La ley permite que las familias con miembros que tengan una discapacidad total, permanente puedan acceder a un bono familiar y medio. Este bono está destinado a construir viviendas con adaptaciones estructurales y de ubicación que satisfagan las necesidades únicas de cada persona con discapacidad. Para calificar, se debe presentar un certificado médico emitido por la Comisión Calificadora de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), demostrando el impedimento físico total y permanente.

Pasos Claros para Obtener el Bono Familiar de Vivienda

El proceso para acceder al bono incluye varios requisitos clave:

Condición de Discapacidad: Se debe presentar un certificado médico que demuestre la discapacidad total y permanente de un miembro de la familia. En el caso de personas sin núcleo familiar, el Consejo Nacional de la Persona con Discapacidad (CONAPDIS) también debe certificar la condición.

Propiedades: La familia no debe poseer casa propia o más de una propiedad. El bono puede destinarse a la construcción de vivienda en un lote existente o a la adquisición de una vivienda ya construida.

Ingreso Familiar: El ingreso familiar debe ser menor a ¢1.831.260, equivalentes a seis salarios mínimos de un obrero no especializado en la industria de la construcción.

Nacionalidad o Residencia Legal: Los beneficiarios deben ser costarricenses o tener una situación de residencia legalizada.

Entidades Autorizadas: Los trámites y documentos deben ser presentados a través de entidades autorizadas por el BANHVI.

El Papel Esencial de las Entidades Autorizadas

Dado que el BANHVI opera como un banco de segundo piso, no puede interactuar directamente con las familias que buscan acceder al bono de vivienda. En este sentido, las Entidades Autorizadas, como mutuales, cooperativas y otros, actúan como intermediarios al tramitar los bonos, presentar los expedientes al BANHVI para su aprobación y liberación de fondos.

Para obtener información detallada sobre las Entidades Autorizadas y el proceso de solicitud de bonos de vivienda, se puede consultar el sitio web oficial del BANHVI: https://www.banhvi.fi.cr/bono/donde_solicitar_bono.aspx

En resumen, el Banco Hipotecario de la Vivienda y el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos trabajan en tándem para hacer realidad el sueño de una vivienda digna para todos los costarricenses. Su cooperación y sus funciones diferenciadas son esenciales para garantizar que las políticas habitacionales sean justas, inclusivas, efectivas en la búsqueda de un país con viviendas accesibles, adaptadas a las necesidades individuales y familiares.

Los pasos para la obtención del bono de vivienda se describen en esta imagen:


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