LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Alberto Cabezas, periodista).- “El Programa Nacional de Empleo (PRONAE) contempla entre su población objetivo, personas estudiantes avanzadas y activas de los Colegios Técnicos Profesionales del MEP y del INA, que cursan carreras intensivas en empleo que requieren desarrollar competencias específicas; para mejorar sus perfiles para el mundo laboral. Entre estas personas pueden incluirse estudiantes desde 16 años. Dado que las personas jóvenes son uno de los grupos de población más afectados por el desempleo en Costa Rica, la modalidad EMPLEATE del PRONAE prioriza la prestación de sus servicios en jóvenes desde los 17 años (Decreto 43984). Según la respuesta a nuestro medio por parte de la Unidad Asesora de Prensa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social con la colaboración de la dirección de Seguridad Social, Empleo y Asuntos Laborales.
“Es importante recordar que la empleabilidad puede entenderse como: las competencias y cualificaciones transferibles que refuerzan la capacidad de las personas para aprovechar las oportunidades de educación, formación y otras, para encontrar un trabajo, progresar en la empresa o al cambiar de empleo y adaptarse a la evolución de la tecnología y de las condiciones del mercado de trabajo (OIT, 2004, R. 195 I.2[d]). El PRONAE es un programa para mejorar la empleabilidad, que puede beneficiar a personas de 16 y 17 años”, puntualizaron.
“A las instituciones que conforman el Sistema de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia les corresponde garantizar el interés de superior de la persona menor de edad, el cual les garantiza el respeto de sus derechos en un ambiente físico y mental sano que procure el pleno desarrollo personal en todos sus ámbitos: cognitivo, físico socio afectivo.
Se debe partir de la condición de sujeto de derechos y responsabilidades, edad, grado de madurez, condiciones socioeconómicas y el interés individual y social. Es importante recalcar que la obligación de procurar el desarrollo integral de la persona menor de edad de 18 años corresponde en primera instancia a los padres de familia o encargados.
En este marco garantizar trabajo digno para las personas adultas, padres, madres y encargados de las personas menores de edad permite el respeto del interés superior de las personas menores de 18 años y de sus derechos, así como velar por que las personas menores de 15 años no desarrollen labores y las personas mayores de 15 años no realicen trabajos peligrosos”, agregaron.
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