LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara, periodista).- Esta semana la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó la utilización de normas derogadas en casos que están siendo ventilados en los estrados judiciales.
En el Informe Anual 2022, La Comisión cuestiona los tiempos de vigencia de las leyes que son parte del ordenamiento jurídico del país, ya que estarían las autoridades judiciales incurriendo en una violación a los principios de legalidad e irretroactividad de la ley penal.
Los jueces de la corte interamericana muestran su preocupación ante la realidad jurídica del país.
“La CIDH ha sido informada sobre cuestionamientos en aplicación de la Ley contra la Delincuencia Organizada y sus consecuencias legales en el debido proceso y en los principios de legalidad e irretroactividad de la ley penal, entre otros derechos. Abogados defensores señalan que los órganos judiciales en materia penal supuestamente no tendrían facultades para iniciar procedimientos por delincuencia organizada debido a que la legislación que les otorga competencia aparentemente no estaría vigente”, indico la CIDH.
Una serie de fallos en los procedimientos en la Asamblea Legislativa del 2018 dejó un vacío de Ley, que tiene confundidos a los jueces penales ante la aplicación de la Ley 8754 contra la Delincuencia Organizada.
“Si bien la entrada en vigor de esta reforma estaba prevista para comenzar 12 meses después de su publicación 615, es decir, a partir del 14 de octubre de 2018, este plazo fue modificado a través de la Ley No. 9591 para iniciar “24 meses después de su publicación”, a saber, a partir del 14 de octubre de 2019. Posteriormente, se aprobó, mediante Ley No. 9769, una segunda prórroga con el objetivo de que dicha reforma entrara en vigor “dieciocho meses después de que se haya otorgado el presupuesto necesario para su implementación, conforme a los estudios técnicos del Poder Judicial”.
“Sin embargo, el decreto legislativo fue publicado el 30 de octubre de 2019, cuando la Ley No. 9481 habría ya entrado en vigor, siendo efectiva desde el 14 de octubre de 2019 y, por tanto, habiendo derogado los artículos que daban competencia a los tribunales penales ordinarios en materia delincuencia organizada. La Comisión observa que existirían diversos proyectos de ley que buscarían subsanar este problema”
Los tribunales del país interpretan a la libre la ley con los artículos derogados, como ejemplo el Tribunal de Apelación de la Sentencia de San José, interpreto que la ley de eliminó el artículo 2 de le ley de crimen organizado y actualmente hay un vacío jurídico.
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