LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara, periodista).- El presidente de la Republica Rodrigo Chaves, anunció este miércoles en conferencia de prensa que próximamente entrará en vigor el reglamento ejecutivo a la Ley N° 9786 del 26 de noviembre del 2019, que tiene como objetivo combatir la contaminación por plástico y proteger el medio ambiente en Costa Rica.
A partir de su entrada en vigor, los productores, comercializadores y distribuidores de botellas plásticas de un solo uso deben implementar un plan de cumplimiento para sus propias botellas u otras similares, siguiendo las recomendaciones técnicas de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y criterios de la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).
Los productores, comercializadores y distribuidores también deberán entregar una declaración jurada a la Dirección de Protección Radiológica y Salud Ambiental del Ministerio de Salud que certifique el proceso de recolección de residuos, la gestión de residuos, datos del gestor(es) autorizado(s) por el Ministerio de Salud, los tipos de gestión que realiza el gestor y los controles sobre la gestión de residuos.
El reglamento también prohíbe la comercialización y entrega gratuita de pajillas plásticas de un solo uso en todo el territorio nacional, así como la comercialización y entrega gratuita de bolsas de plástico al consumidor final en supermercados.
El Ministerio de Salud, a través de la Dirección de Protección Radiológica y Salud Ambiental (DPRSA), tendrá la responsabilidad de fiscalizar, vigilar y controlar el cumplimiento del reglamento. Cada año, la DPRSA elaborará un informe de evaluación de la reducción de la contaminación por plástico de un solo uso en el país, el cual será remitido al Jerarca de Salud para su aprobación.
El reglamento se utilizará a toda persona física o jurídica, pública o privada, que importará, producirá, comercializará y distribuirá los bienes regulados en la Ley N° 9786, y entrará en vigor doce meses después de su publicación en el diario oficial La Gaceta.
En caso de incumplimiento, la municipalidad respectiva aplicará las disposiciones contenidas en los artículos 55 y 55 bis de la Ley N° 8839 del 24 de junio del 2010 "Ley para la gestión integral de residuos". El Ministerio de Salud remitirá a la municipalidad respectiva los informes técnicos que demuestren el incumplimiento.
Este reglamento es parte de los esfuerzos de Costa Rica para promover políticas que mejoren el bienestar económico, social y ambiental de la sociedad civil como miembro de la OCDE. Con estas medidas, se busca reducir el impacto ambiental del plástico de un solo uso en el país y proteger la biodiversidad y los ecosistemas.
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