LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Alberto Cabezas, periodista).- Un arresto domiciliario, es una pena de prisión que se cumple en el hogar del convicto en vez de una cárcel. ¿Pero qué pasa si tenemos un familiar que está pagando un arresto domiciliar y decide salir de su casa?
Para el reconocido Abogado costarricense Marco Castillo, “los parientes no están obligados a acusar a un familiar por ejemplo que este con tobillera electrónica se encuentre en casa por cárcel y haya salido de la misma. Por lo que puede inhibirse de avisar a la policía, en todo caso una tobillera electrónica le está notificando a sus captores donde se encuentra la persona”,
“Los familiares no pueden convertirse en custodios de esta persona porque para esto están las autoridades y no los familiares de las personas que tengan una restricción como una tobillera electrónica, como para convertirse en sus guardianes”, precisó.
El Artículo 36 de la Constitución Política de Costa Rica establece: “En materia Penal nadie está obligado a declarar contra sí mismo, ni contra su cónyuge, ascendiente, descendientes o parientes colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad”.
El arresto domiciliario con monitoreo electrónico es una sanción penal en sustitución de la prisión y tendrá la finalidad de promover la reinserción social de la persona sentenciada con base en las condiciones y sociales reguladas para la fijación personal de la pena.
Algunos de los delitos que no permiten prisión domiciliaria son: dolosos contra la administración pública, delitos contra las personas y bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario, delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, estafa y de confianza que recaiga sobre los bienes.
La prisión domiciliaria se da cuando se cumplen ciertas condiciones con el reo, como por ejemplo cuando un detenido supere los 70 años; - una mujer embarazada; - a la madre de un menor de cinco años o de una persona con discapacidad. El texto, además, prevé que en los primeros tres supuestos debe existir un informe médico, psicológico y social que acredite esta dificultad para permanecer en la cárcel.
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