LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Alberto Cabezas, periodista).- Cuando en Costa Rica se habla de mala praxis, suele utilizarse este concepto en sentido estricto. Nos referimos, así, a la “mala praxis médica”, la cual corresponde a la responsabilidad del médico por las consecuencias culposas de su actuación profesional.
Por regla general, la mala praxis suele ser involuntaria y por eso se considera delito culposo. En cambio, si existe una intencionalidad por parte del médico se consideraría un delito doloso.
Para hacer una demanda, en primer lugar, hay que presentar una demanda al hospital ó al centro de salud donde fue atendido el paciente donde se ha producido la mala praxis y en segundo lugar acudir a los tribunales para hacer un juicio.
Si Usted considera que un médico le ha realizado una mala praxis, según Sharmila Gómez Solís, Periodista de la Dirección de Comunicación Organizacional de la Caja Costarricense del Seguro Social lo primero que se debe hacer es “revisar el proceso desde donde viene la referencia, cual médico la emite y para qué, pero de donde se debe de atender esta consulta es desde la Dirección General de establecimiento de Salud”.
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