LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara, periodista).- Pedro Rojas Guzmán, diputado del Partido Liberación Nacional (PLN), dio a conocer mediante sus redes sociales el proyecto presentado a la Asamblea Legislativa para que se eliminen las potestades de la Procuraduría General de la República (PGR) de poder fungir como órgano acusador frente a algunos tipos de delitos donde sea el Estado el afectado, estas funciones se encuentran tuteladas en el Artículo 16 del Código Procesal Penal.
“El día de hoy presentamos a la corriente legislativa un proyecto de derogatoria del párrafo segundo del artículo 16 del código procesal penal, ley n° 7594 del 10 de abril de 1996 y modificación del párrafo quinto del inciso i) del artículo 3 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. N° 6815 del 27 de setiembre de 1982, cuyo propósito es eliminar la posibilidad de que la Procuraduría General de la República pueda ejercer la acción penal y actuar como Ministerio Público o parte acusadora en distintos procesos penales.
Consideramos que la Procuraduría General de la República debe centrarse como lo ha hecho hasta ahora, en ser el órgano consultor y asesor del Estado costarricense y ejercer la representación legal de las distintas instituciones.
No está en la naturaleza de la Procuraduría actuar como acusador penal sustituyendo al Ministerio Público, algo que se fundamenta en una norma totalmente desfasada de la realidad jurídica y social del país y que respondía a un momento histórico muy lejano.
Con esto pretendemos que la Procuraduría no obstaculice ni menoscabe el principio de división de poderes, pues en un país democrático como el nuestro es al Poder Judicial a quien corresponde ejercer la acción penal. También buscamos evitar que la Procuraduría se convierta en un instrumento para los gobernantes de turno, independientemente de la filiación política que sea.
Este es un proyecto urgente y necesario para resguardar nuestra institucionalidad, expresó Rojas.”
Con la aprobación del expediente N° 23.536 presentado este jueves, se estaría eliminando la posibilidad que la Procuraduría pueda perseguir delitos contra el fisco y la Hacienda Pública, corrupción, contra el orden constitución entre otros asuntos de seguridad nacional y estabilidad social.
Lo que dice el Código Procesal Penal
ART.16…“En los delitos contra la seguridad de la Nación, la tranquilidad pública, los poderes públicos, el orden constitucional, el ambiente, la zona marítimo-terrestre, la hacienda pública, los deberes de la función pública, los ilícitos tributarios y los contenidos en la Ley de aduanas, Nº 7557, de 20 de octubre de 1995; la Ley orgánica del Banco Central de Costa Rica, Nº 7558, de 3 de noviembre de 1995 y la Ley contra el enriquecimiento ilícito de los servidores públicos, Nº `6872, de 17 de junio de 1983, la Procuraduría General de la República también podrá ejercer directamente esa acción, sin subordinarse a las actuaciones y decisiones del Ministerio Público. En los asuntos iniciados por acción de la Procuraduría, esta se tendrá como parte y podrá ejercer los mismos recursos que el presente Código le concede al Ministerio Público.”
Bajo este artículo es en el que se ampara la Procuraduría General de la República (PGR), para asumir la investigación del caso de la presunta defraudación fiscal cometida por el empresario Leonel Baruch y cuya desestimación fue solicitada.
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1 Comentarios
Nada tontillo ese diputado sinverguenza de liberacion nacional. Que clase de mafia maneja esa asamblea legislativa. Demasiado corruptos
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