LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara).- La Sala Constitucional declaró este miércoles 14 de diciembre sin lugar las acciones de inconstitucionalidad interpuestas contra la ley que limita la reelección indefinida de los alcaldes y regidores.
La decisión de los magistrados sobre la ley aprobada en abril de este año no violenta la Constitución Política según el criterio preliminar de los señores magistrados.
La votación no fue unánime, sino que prevaleció el criterio de la mayoría.
La iniciativa ratificada por los Magistrados este miércoles es la 21.810 Reforma al artículo 14 del Código Municipal y sus reformas, Ley N.º 7794 de 30 de abril de 1998. (Ley que limita la reelección indefinida de las autoridades locales).
La nueva reforma establece que los alcaldes, regidores, síndicos, intendentes, concejales municipales de distrito, así como quienes ocupen cualquiera de los cargos de suplencias, podrán ser reelectos de manera continua por una única vez. No podrán ocupar ningún cargo de elección popular del Régimen Municipal, hasta tanto no hayan transcurrido dos periodos desde que finalizó su segundo periodo consecutivo, sin embargo, podrán ocupar otros puestos municipales.
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