LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara).- La Sala Constitucional en resolución de las 08 horas 56 minutos del 7 de octubre de 2022, ordena a la Municipalidad de Paraíso de Cartago, cumplir ante desobediencia a lo ordenado por esta Sala en la resolución 2012-010718 de las 09:15 horas del 10 de agosto de 2012, con lo resuelto en el proceso del Recurso de Amparo llevado en el expediente 12-007444-0007-CO y lo resuelto por el Concejo Municipal en el acta de la sesión ordinaria 295 de 10 de diciembre de 2019.
El Concejo Municipal en esa sesión acordó en acatamiento a lo resuelto por la Sala en el Recurso de Amparo: “Acatar las recomendaciones del estudio siendo la opción económica más viable para la municipalidad, adquirir los terrenos de Luisiana de Ujarrás de Paraíso y destinarlos a reforestación y recuperación, generando un corredor biológico en el sector…”.
A esta fecha la administración municipal ha hecho caso omiso al mandato de la Sala Constitucional, así como a lo acordado por el Órgano Colegiado en el acta de la sesión ordinaria ya mencionada, donde se comprometía adquirir los terrenos y destinarlos a reforestación y recuperación, generando un corredor biológico en ese sector.
En el por tanto de la resolución se indica, “se confiere audiencia por TRES DÍAS contado a partir de la notificación de esta resolución, al actual alcalde y presidente municipal, para que se refieran y aporten prueba fotográfica y/o documental que corrobore el cumplimiento de la sentencia citada y deslegitimen los hechos y omisiones que se les atribuyen”.
"De no hacerlo se ordenará la apertura de un procedimiento administrativo contra los funcionarios remisos a cumplir con lo resuelto por esta sala y, además, se ordenará testimoniar piezas ante el Ministerio Público por la eventual comisión del delito de desobediencia", finaliza resolución.
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