LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Luis Jiménez).- Este 15 de setiembre es un feriado de pago obligatorio, segun lo estipula el Código de Trabajo.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) le recuerda a toda la ciudadanía que el feriado correspondiente a hoy 15 de setiembre, se trasladará al próximo lunes 19; aunque los desfiles si se celebraron hoy tras su ausencia desde el 2020 debido a los efectos de la pandemia.
El Ministerio de Educación Pública (MEP) confirmo esta mañana, en un comunicado que señaló que, este jueves 15 "en todo el país se realizarán festejos patrios como desfiles en comunidades y actividades patrióticas en los centros educativo", celebraciones que empezaron desde el martes 13 de setiembre, cuando la antorcha de la Independencia llego a Peñas Blancas, en la frontera norte, en un viaje que inició en Guatemala.
En el acto, la Ministra de Educación, Ana Katharina Müller Castro, recibio la antorcha de parte de su homóloga nicaragüense, Lilliam Esperanza Herrera Moreno.
Feriado obligatorio
El Día de la Independencia es uno de los feriados que fueron trasladados de conformidad con la ley 9875, con el propósito de incentivar la economía del sector turismo, posterior a la pandemia.
Esta ley señala que los feriados entre semana se mueven al lunes siguiente para su celebración, en el período comprendido entre los años 2020 al 2024.
Esta semana el MTSS recordó que este es uno de los feriados de pago obligatorio, señalados así en el Código de Trabajo, al tiempo que agregó que "ninguna persona trabajadora está obligada a laborar ese día feriado, únicamente si está de acuerdo".
A su vez, el ministerio señaló que:
"El reconocimiento del pago de salario del día feriado estará determinado por la forma de remuneración de la empresa. Aquellas que cancelan salario semanalmente, deben pagar los días trabajados durante esa semana y agregar un salario sencillo por el día feriado. Si se labora el 19 de setiembre, el salario adicional deberá ser doble ese día. Aquellos centros de trabajo que pagan mensual o quincenalmente deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el 19 de setiembre. Si trabajan ese día, deben agregar el salario de un día sencillo para que se complete el pago doble que establece la ley. Si en el día feriado se trabajan horas extra se deben pagar a tiempo y medio doble, o sea pago triple".
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