LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Isaí Jara).- El autobús con matrícula GB 1686 de la empresa Alfaro que se precipitó este sábado 17 en Cambronero, donde fallecieron 9 personas, supuestamente prestaba ilegalmente el servicio ya que no cuenta con los permisos del Consejo de Transporte Público (CPT) para la ruta San José Bolsón de Santa Cruz, Guanacaste.
La ruta autorizada para la unidad siniestrada era la 1507 San José- Hojancha- Nicoya-Samara- Puerto Carrillo- entrada por el puente La Amistad, según documentos del CTP en poder de este medio.
Además, de lo anterior el modelo estaba vencido desde el año pasado y la empresa Alfaro a pesar de que registralmente sigue apareciendo como dueño del camión ya lo habían vendido.
La Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad número 7600, artículo 46 bis, indica que “El Consejo Transporte Publico (CTP) y el Ministerio de Transportes y Obras Publicas MOPT, no permitirán la circulación de autobuses de ruta en el servicio de transporte público, después de trascurridos quince años de su fabricación: ese plazo es improrrogable”.
El bus accidentado era modelo 2006 con capacidad para 52 pasajeros y tenía un año de haber cumplido el tiempo que la ley le permitía circular, por lo que ya debía haber salido de ruta y de circulación.
La unidad aparece inscrita a nombre de la empresa Alfaro, pero supuestamente la habían vendido a un ciudadano de apellido Martínez (conocido con el sobre nombre de Torcido) - el que responsabilizó al ministro de Transportes de ese accidente en declaraciones en un medio nacional - y aún no han realizado el traspaso.
El accidente del sábado nada tiene que ver que unidad estuviera vencida su vida de circulación, ni que circulara por una ruta no autorizada, ya que el accidente fue por acción de la naturaleza y en eso nadie puede predecir lo que pueda pasar, pero sí hacemos el llamado a las autoridades del transporte para que se han vigilantes con esas disposiciones legales ya que podría darse en el futuro casos por estas circunstancias y ahí si hay responsabilidades penales, civiles y administrativas por negligencia e incumplimiento de la ley.
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