Empresa viola derecho de persona de adulta mayor


Por Fressy Chavarría M.

LA VOZ DE GOICOECHEA.- El día domingo 12 de diciembre al ser las 5.45 de la mañana una usuaria aborda el servicio de Transportes TRACOPA Ltda en Ciudad Cortés de Osa, el autobús Canoas-San José, placa 15933- Ruta 601-Ruta 613, nombre del chofer desconocido.

El conductor de esta unidad llegó un poco retrasado a la hora de la salida, molesto indicó se apuran que iba tarde, la usuaria le solicito le guardara en el valijero una hielera, el chofer le consulta que lleva, esta le responde tres pescados congelados y un medicamento.

El chofer le responde “que eso no y que no puede llevarlo”.

Por lo que tuvo que dejar con un señor su hielera que no fue permitida.

Sin embargo, ese mismo domingo antes que llegara a San José, la unidad placa 15933, unidad número 21, me dirigí a consultarle al jefe del área sobre el reglamento que utilizan la empresa y respalda a los choferes, así como al pasajero que hace uso de los valijeros.

Este señor me indica que no existe ningún reglamento que ellos solo se regulan por la ARESEP y CTP.

Este señor me consulta que es lo que deseo trasladar y yo le indico que es una hielera con pescado y unos camarones, él me informa: si esta hermética y cerrada no hay problema, de hecho, me enseñó la hielera de otro usuario que venía en otra unidad de la misma empresa.

Mmmm perfecto pensé, entonces le indiqué que la unidad #21 no permitió trasportar una hielera donde venían unos pescados y una insulina.

Ingresando el bus a la terminal me dirijo al chofer de la unidad #21 y mientras le consulto lo sucedido, por detrás de mi estaba el jefe del área, haciéndole señas que se quedara callado y que no me respondiera, lamentablemente para es este señor, olvidó que yo estaba grabando toda la conversación y las muecas y señas que realizaba estaban siendo gravadas.

Qué inquietante y lastimoso es topar con personas irrespetuosas, descortés, inhumanos y mal agradecidos con la sociedad.

Este señor chofer debe valorar su trabajo, el medio por el cual lleva el alimento a sus hogares para mantener a sus hijos, esposa u otros familiares, si no hay usuarios la empresa no se fortalece.

En este último sentido, el trato desigual, la Igualdad ante la ley, Igualdad bajo la ley, Igualdad ante los ojos de la ley o Igualdad jurídica es el principio que reconoce que todas las personas deben ser tratadas de la misma manera por la ley.

El principio de igualdad, tutelado por nuestra carta Magna en el ordinal 33, constituye uno de los pilares fundamentales del sistema democrático.

Atendiendo a este, toda persona es igual, por lo que no es posible incurrir en discriminación alguna que sea contraria a la dignidad humana.

Así como también la violación al derecho a la salud, es una adulta mayor, trasportaba su insulina para al llegar a san José aplicársela.

La salud es un derecho fundamental de todo ser humano, el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos asegura que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure. Lastimosamente era una adulta mayor con principios, valores no se atrevió a enfrentar a este señor.

Al tenor de la ley claramente quebrantados, todos los derechos de un adulto mayor por falta de la negligencia de este chofer.

Así como desacreditando más la imagen de una empresa que muchas personas se han quejado por medio de las redes sociales. El maltrato al adulto mayor es la acción o inacción, voluntaria o involuntaria, que le genera un daño psicológico, físico o social.

El maltrato puede ser físico, psicológico, abuso sexual, abandono o negligencia, económico, cultural y estructural.

Para colmos el jefe que se encuentra enviado y recibiendo los buses quedó claramente evidenciado y su información totalmente en controversia con el acto y respuesta indicada del chofer.

Así mismo increíble que en vez de pedir unas disculpas o negociar lo sucedido llamó a la fuerza pública para que me sacaran del recinto por defender los derechos de nosotros los ciudadanos y aún más la falta grave hacia una adulta mayor.

Que lamentable es tener que utilizar ese servicio ya que es el único directo por lo tanto nos obliga hacer el uso o sí o sí.

Ante esta situación se han enviado dos solicitudes al correo info@tracopacr.com y a la fecha no he recibido la respuesta.

POR TANTO: Solicito una respuesta pronta por lo actuado del chofer de la unidad número 21 y del jefe del área, solicito también enviar el reglamento que regula el uso de los valijeros en las unidades, los cuales son utilizados por los usuarios a la hora de su viaje. 


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