LA VOZ DE GOICOECHEA.- Mediante una resolución del Juzgado Primero Civil de San José del pasado 24 de febrero se condenó a Central de Radios (CDR) al pago de ₡471.541.271.
Se decreta el embargo de los bienes de la empresa, así como a las cuentas corrientes, cuentas de ahorros y cualquier valor que posea en el sistema financiero, el embargo de los bienes muebles e inmuebles quedó a la espera de que el demandante indique cuáles incluir en el proceso de embargo.
El caso se da por manifestaciones supuestamente “inexactas y agraviantes” dadas por la periodista Amelia Rueda Ahumada en su programa Nuestra Voz, emitido por Radio Monumental, en contra de la empresa Sicsa. Al parecer Amelia Rueda leyó un artículo publicado por el diario La Nación el pasado 7 de octubre, titulado “Empresa ligada a Figueres es modelo de la iniciativa”, publicación relacionada con el tema del control y etiquetado de licores. Se dijo en ese momento que la empresa supuestamente tenía una condena en Brasil, lo cual fue descartado por la compañía.
La Nación publicó un derecho de respuesta el 13 de octubre; mientras que Amelia Rueda no realizo la publicación en las mismas condiciones y parámetros de equivalencia y proporcionalidad.
El demandante alegó que se hizo un sábado, cuando hay mucho menor audiencia, mientras que los comentarios de Rueda habían sido un lunes y tardaron “más de 35 minutos”, la rectificación y respuesta fue leída un día sábado, a pesar que de manera clara y expresa, la Sala dispuso que tal lectura se realizara en "condiciones equivalentes", por lo que se dice que dista de haberse realizado respetando el referido "principio de equivalencia", de donde debe concluirse que el derecho de rectificación y respuesta no ha sido respetado por el medio de comunicación, y, en consecuencia, debe declararse con lugar esta gestión de desobediencia, ordenando la debida lectura del texto aprobado por esta Sala bajo las condiciones establecidas en la parte considerativa de la sentencia 2020-25269, y lo señalado en el por tanto de esta nueva resolución.
La solicitud de derecho de respuesta se presentó el 11 de octubre de 2019 y la lectura se produjo hasta el 25 de enero de 2020, ya vencido el plazo que otorga la ley y luego de la primera orden emitida por la Sala IV.
Los magistrados dispusieron condenar a Central de Radios por las costas procesales así como los daños y perjuicios. Estos daños fueron cuantificados por la empresa demandante y solicitados ante el Juzgado, en la resolución en donde se estableció el monto.
Al momento de la publicación, Fernando Contreras, presidente de CDR y del Grupo Repretel, afirmó que aún no han sido notificados formalmente de ningún proceso de ejecución de sentencia.
En cuanto recibamos la notificación formal de parte de la autoridad judicial, atenderemos el proceso como corresponde y por supuesto seremos respetuosos de lo que se resuelva en sentencia firme como lo hemos hecho siempre”, indicó Contreras.
De momento se desconoce si Central de Radios y el grupo Repretel ha realizado alguna gestión con la dueña de Nuestra Voz respecto a los alcances de la condena.
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