Por Isaí Jara Arias
LA VOZ DE GOICOECHEA.- La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, en resolucuon emitidad a las catorce horas veintiséis minutos del once de enero de dos mil veintiuno, admite recurso de amparo interpuesto por José Andrés Chavarría Ureña contra la Municipalidad de Goicoechea y el Comité Cantonal de Deportes y la Recreación del mismo cantón.
El recurso es por incumplimiento de la Ley No. 9633, pues ha dejado al Comité Cantonal de Deportes y la Recreación -desde el 18 de marzo del 2020- con una Junta Directiva, que ha tomado acuerdos en el campo deportivo, recreativo y administrativo, sin la incorporación de los dos integrantes de la persona joven según lo indica la nueva normativa, alega el recurrente.
“Visto el recurso de amparo que se tramita en expediente No. 20-023583-0007-CO, se resuelve: en los términos de los artículos 43, 44 y 45 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, informen al presidente del Concejo y al Presidente del Comité Cantonal de Deportes y la Recreación de Goicoechea, que dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución, aportar el informe y las pruebas pertinentes de lo que se tramita en en expediente indicado”, reza la resolución en la cual este medio tiene copia.
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