Debemos actualizar la carta de excepción a la restricción vehicular


Por Carlos Vindas

LA VOZ DE GOICOECHEA.-   Ayer viernes, el ministerio de Comunicación informó que se debe actualizar la carta de excepción a la restricción vehicular, para poder circular sin el riesgo de ser multados. 

La carta debe tener fecha del 1° de febrero, ya que todas las cartas emitidas en el mes de diciembre caducan este 31 de enero. Si usted necesita circular en su vehículo en horarios con restricción vehicular sanitaria, tome en cuente que según el Decreto Ejecutivo 42295-MOPTS-S las cartas de excepción a la restricción vehicular sanitaria deben de renovarse cada dos meses contados a partir de su fecha de emisión. 

La carta puede ser presentada tanto en formato físico o digital y es fundamental que el conductor porte el gafete de la entidad para la que trabaja. En caso de las personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento físico o digital de respaldo sobre sus labores o la actividad ejercida que justifique su movilización en alguna de las franjas horarias que están establecidas como restringidas. 

La aplicación de la restricción vehicular sanitaria cuenta con 18 tipos de excepciones que permiten a la ciudadanía desplazarse con motivos laborales, acceder a servicios esenciales, atender citas médicas, promover actividades turísticas, servicios a domicilio, visitas a veterinarias, entre otras. 

Para conocer las especificaciones que debe contener la carta de excepción puede hacerlo visitando el sitio Restricción vehicular (google.com) desde donde podrá descargar el machote.


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