Denuncian acoso laboral en la municipalidad de Goicoechea

Por Isaí Jara Arias

LA VOZ DE GOICOECHEA.-Trabajadores de la sección de parques y áreas verdes, de la Dirección de Ambiente de la municipalidad de Goicoechea, denunciaron a www.lavozdegoicoechea.info que desde hace algunas semanas atrás vienen sufriendo acoso laboral por parte de su jefe a. i. de apellido Fallas.

“Desde que se incapacitó el Ingeniero Ronald Alvarado, jefe titular de nosotros, venimos sufriendo una persecución increíble donde el actual jefe nos exige realizar actividades que se salen de lo que durante años hemos desarrollado”, acotaron los quejosos.

Los afectados indicaron que esta semana estarán presentando la respectiva denuncia ante las instancias correspondientes.

Consultamos vía correo electrónico a Fallas su criterio sobre esta denuncia, pero aún 3 dias de que recibió el correo no ha respondio la consulta.

Qué es acoso laboral?  

El acoso laboral es un proceso de agresión psicológica que se caracteriza por la ejecución de actos violentos contra una o más personas trabajadoras, que se desarrollan en el marco de una relación laboral, reiterada y prolongada en el tiempo, por parte de otra y otras que están en una posición.

El acoso laboral es sumamente amplio y diverso por lo que es difícil establecer un catálogo de situaciones que constituyan hostigamiento en el trabajo.  También, la diversidad de nombres con el que denominan el acoso tampoco ayuda a irlo delimitando: acoso moral en el trabajo, psicoterror laboral, mobbing, acoso psicológico, persecución laboral, violencia laboral, hostigamiento laboral, etc. No obstante, la mayoría de las investigaciones y estudios sobre este tópico arrojan cada vez más datos y antecedentes respecto a cuáles situaciones y conductas pueden constituir acoso:

Realizar comentarios negativos o descalificantes en forma reiterada sobre la persona acosada, criticándole constantemente, propiciando el aislamiento de la persona dejándola sin contactos a través de rumores malintencionados

Ridiculizar permanentemente a la persona acosada, destruyendo su reputación, su imagen, su profesionalidad a través de comentarios malsanos ya sea sobre su labor, su aspecto físico, sus creencias, su sexualidad, etc.

Bloquear el desarrollo de la carrera profesional de la persona acosada, limitando, o retrasando cualquier tipo de promoción, cursos, seminarios de capacitación, ascensos, etc.

Aislar a la persona acosada de sus compañeros de trabajo, instalando su puesto de trabajo en un lugar bien apartado con el claro propósito de irlo invisibilizando, e impidiendo su contacto con colegas.  Se propicia un aislamiento profesional y social en el seno del grupo.

Asignarle al acosado cargas extenuantes de trabajo cuyos plazos sean prácticamente difíciles o imposibles de cumplir, o bien, no asignarle tareas acordes a la experiencia, capacidad, e idoneidad de la persona acosada.

Impedir la participación de la persona acosada, sin ningún tipo de justificación,  en reuniones que tienen una relación o conexión vital con la labor que éste efectúa, con el  claro propósito de irlo excluyendo o aislando de reuniones clave en las cuales anteriormente su presencia era imprescindible.

Ataques  contra la dignidad y el estatus de un trabajador o trabajadora que socaven su autoestima, o busquen subvalorarlo, descalificarlo personalmente en forma constante e injustificada, criticarlo arbitrariamente; inmiscuirse y criticar su vida privada.

Bloquear administrativamente a la persona, no dándole traslado, extraviando, retrasando, alterando o manipulando documentos o resoluciones que le afectan.

La imposición de deberes ostensiblemente extraños a las obligaciones laborales de la persona acosada o las exigencias abiertamente desproporcionadas sobre el cumplimiento de la labor encomendada.

Evaluación injusta y malintencionada de su trabajo.

El trato notoriamente discriminatorio respecto a los demás empleados en cuanto al otorgamiento de derechos y prerrogativas laborales y la imposición de deberes laborales.

El envío de anónimos, llamadas telefónicas y mensajes virtuales con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio o el sometimiento a una situación de aislamiento social.

 
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