Johnny Soto: El veto presidencial y la política ambiental

Johnny Soto Zúniga, abogado y notario
 

LA VOZ DE GOICOECHEA.- El proyecto de Ley N° 9909 de “pesca de arrastre de camarón” lo vetó totalmente el Presidente de la República Carlos Alvarado justificando que no existen suficientes elementos científicos y estudios técnicos que garanticen la sostenibilidad de la técnica pesquera en esta ley. Había obtenido en segundo debate 28 votos a favor y 18 en su contra. Conforme a lo dispuesto por el artículo 140 de la Constitución Política: “Son deberes y atribuciones que corresponden conjuntamente al Presidente y al respectivo Ministro de Gobierno inciso 5) Ejercer iniciativa en la formación de las leyes, y el derecho de veto;”, es acorde con las potestades constitucionales conferidas dentro del ámbito de la división de poderes. Para aprobarlo nuevamente se necesitan dos tercios del total de la Asamblea Legislativa, es decir 38 votos.

Se informa que más de 117 organizaciones firmaron una carta solicitaron el ejercicio del veto de este proyecto de ley; entres ellas diversas organizaciones, cámaras de productores y turismo, Universidades, Municipalidades, asociaciones de pescadores etc. Se indica que los diputados que votaron a favor se basaron en un estudio científico del Instituto Costarricense de Pesca (Incopesca); que al parecer no goza de toda la rigurosidad científica y realizado en poco tiempo; se señala que faltaron más estudios; y que incluso podría haberse solicitado mayores estudios a la Universidad Nacional y Universidad de Costa Rica que tienen la capacidad técnica y tener más claro el panorama de la sostenibilidad productiva y de impacto ambiental.

 

Nuestro país es reconocido a nivel nacional e internacional por ser un referente en la lucha por preservar el medio ambiente, contra el cambio climático y la sostenibilidad; como afirmó el Presidente: “Costa Rica es un ejemplo para el mundo, no es solo un destino más, sino que representa para muchos en el mundo una esperanza en campos como la paz, el ambiente, el cambio climático, la salud, los derechos humanos y la democracia. No en vano, Naciones Unidas reconoció a todo el país con el galardón Campeones de la Tierra 2019”. Entonces sería contradictorio aprobar una ley que a todas luces pareciera estar en contra de estos principios y política pública trazada por el país desde hace muchos años.

 

El Artículo 50 Constitucional reza: “El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza. Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley determinará las responsabilidades y las sanciones correspondientes.” Entonces va unido al principio precautorio que debe ejercer el Estado en materia ambiental; y si la “pesca de arrastre de camarón” viene a causa daño; debe de inmediato evitarse.

 

La Sala Constitucional ha sido recurrente y reiterado en cuanto al desarrollo de este tema y por ejemplo en la sentencia N° 2004-01923 expresa: “Uno de los principios rectores del Derecho Ambiental lo constituye el precautorio o de evitación prudente. Este principio se encuentra recogido en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo o Declaración de Río, la cual literalmente indica “Principio 15.-Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”.

 

Entonces tenemos que basado en este principio y conforme a nuestras leyes internas como es la Ley de Biodiversidad N° 7788, se sustenta la seguridad jurídica sobre el tema ambiental, siendo el artículo 11 que recoge como parámetros hermenéuticos los siguientes principios: “1.-Criterio preventivo: Se reconoce que es de vital importancia anticipar, prevenir y atacar las causas de la pérdida de biodiversidad o sus amenazas. 2-Criterios precautorio o indubio pro natura: Cuando exista peligro o amenaza de daños graves o inminentes a los elementos de la biodiversidad y al conocimiento asociado con estos, la ausencia de certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces de protección.

 

Lo fundamental ahora posterior al veto presidencial es explorar acciones y decisiones que vengan a reactivar la economía de las zonas costeras; a ayudar a los pescadores del golfo en Guanacaste y Puntarenas; que realmente la están pasando muy mal; por todos los problemas existentes. No se trata solamente de vetar un proyecto de ley y proteger el medio ambiente; sino que se deben buscar fórmulas y medidas apropiadas en bienestar de las comunidades necesitadas. Por ejemplo: el ex Presidente José María Figueres cuestionó: “¿Es acaso ésta la “reactivación económica” que le conviene a Puntarenas? Más bien pensemos en grande. Paremos la pesca de nuestro atún por barcos internacionales que pagan migajas por esas licencias, y pongámonos a reconvertir al sector”.

 

Que sean nuestros compatriotas los que pesquen el atún y miles de personas trabajen en su industrialización ¡Más ingresos para todos! Salgamos de la crisis hacia el bien vivir, no mirando hacia el pasado”. Bueno estos planteamientos y otros deben tomarse en cuenta de parte del Gobierno de la República, de los trabajadores y productores, en la búsqueda de soluciones reales para reactivar la economía y la generación de empleo en dichos lugares. Además deben seguirse los estudios científicos profundos como ya los han hecho en otros países que utilizan diversos mecanismos de técnicas de pesca amortiguando el impacto ambiental y siendo sostenible con la materia de la protección del medio ambiente. Esperemos que se establezca una comisión conjunta de inmediato de todos los sectores involucrados a fin de aportar las soluciones que tanto necesitan los pobladores de Guanacaste y Puntarenas.


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