Gobierno incurre en abuso de autoridad, según abogado

Por Redacción

LA VOZ DE GOICOECHEA.-    El Gobierno de la República estaría incurriendo en un abuso de autoridad e incumpliría la resolución judicial que le ordena a suspender la restricción vehicular.

Así lo manifestó el abogado Douglas Beard luego de que el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) ratificara la orden de suspender la medida.

Sin embargo, el Ejecutivo hizo caso omiso y pese a que se presentó la apelación, amenazó con continuar emitiendo partes para quienes circulan en la franja nocturna. 

A criterio del abogado, la situación con las medidas cautelares es que son de ejecutoria inmediata conforme el Código Procesal de lo Contencioso Administrativo. 

Citó que el artículo 30 del Código establece que contra la resolución que resuelve una medida cautelar puede interponerse una apelación, pero es con efecto devolutivo. 

“Para entender qué significa esto es que los actos de la medida cautelar no se sustenten con la presentación del recurso de apelación. La suspensión únicamente se daría si el juzgado admitiera elevar la apelación indicando un efecto suspensivo, pero al ser efecto devolutivo, inmediatamente la apelación no impide que se ejecute la medida cautelar como tal y que en este caso es que ya no hay restricción vehicular”, expresó. 

Adujo que el no acatar una orden judicial es incurrir en un abuso de autoridad conforme al artículo 338 del Código Penal.

El caso 

El abogado José Pablo Badilla envió una solicitud de aclaración al juez Alcevith Godínez Prado porque entre las dudas estaba si la medida era solo de agosto o la orden de suspensión se daría de forma inmediata.

Godínez especifica que la aclaración no procede porque el decreto ejecutivo al que hace mención rige a partir de las 12 medianoche del 10 de agosto de 2020 y no se especifica el periodo de finalización. A criterio del juez, “es un documento que hasta tanto no haya otro que lo derogue se encuentra vigente en el tiempo”. 

Desde las 10 p.m. del 24 de marzo se aplica una restricción vehicular sanitaria, con el fin de que los conductores no saquen sus automóviles para circular hasta las 5 a.m. 

Sin embargo el juez del TCA consideró que la medida, lejos de promover focos de contagio por el Covid-19, los aumenta porque obliga a los usuarios a usar autobuses y aglomerarse en las paradas. 

No acatan

El Gobierno de la República aprovechó el proceso de la apelación para darle largas al asunto y mantener una medida que ya el TCA ratificó no es efectiva. 

La Procuraduría General de la República como abogada del Estado apeló la resolución contra la restricción vehicular. 

El gobierno se justifica al afirmar que la decisión judicial aún no está en firme y da la espalda a lo expuesto por el Contencioso Administrativo. 

De acuerdo con el Ejecutivo, la medida cautelar pretende dejar sin efecto los decretos ejecutivos 42524-MOPT-S y 42525-MOPT-S, que se emitieron en agosto. 

Por medio de un comunicado de prensa desde Casa Presidencial les dicen a los conductores que eviten las multas porque la restricción vehicular seguirá vigente. 

La interpretación que hace el Ejecutivo sobre la aclaración de la restricción vehicular sanitaria es que su resolución no es extensiva a otros decretos y solo alcanza a esos dos. 

La restricción vehicular sanitaria se aplica de 10 p.m. a 5 a.m. de lunes a viernes y de 9 p.m. a 5 a.m. sábados y domingos.

José Pablo Badilla

Abogado

“Está suspendida la restricción vehicular e indica que no solo se refiere a los decretos de agosto, sino a la restricción actual. No hay ninguna posibilidad de interpretación en sentido diferente, sencillamente las partes debemos someternos y en caso de que el Estado no acate esta medida estaríamos ante una ruptura del Estado constitucional propiciada en el seno del Estado”.

Agustín Castro 

Ministro de la Comunicación

“La restricción vehicular sigue en pie y debe ser respetada para evitar multas”.



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