Por:
Redacción
LA
VOZ DE GOICOECHEA.- Un grupo de médicos que hace llamar Médicos por la verdad
Costa Rica cuestionó la negativa de las autoridades de Salud del país, que
insiste en no permitir el uso de tratamientos alternativos para la COVID-19.
Ellos
afirman que a las personas se les está negando el derecho a ser “tratados con
dióxido de cloro, ozono terapia y medicina orto molecular”, que son parte de
las nuevas terapias que ya en “distintas partes del mundo se practican”.
La
doctora Tatiana Campos Esquivel (aparece como colegiada en Colegio de Médicos)
fue la vocera de este grupo durante una conferencia de prensa que realizaron
por la cuenta de Facebook, donde explicaron las “ventajas” que para ellos dicen
tener estos tratamientos.
“Médicos
por la verdad Costa Rica” pide que para estos tratamientos se realice el debido
ensayo clínico, como ha sucedido con otros fármacos a sus inicios.
Para
ponerlos a prueba, este grupo recomienda que los pacientes contagiados de
COVID-19 firmen “un consentimiento informado” para ser tratados.
“Las
medidas hasta ahora dictadas por las autoridades sanitarias y del Colegio de
Médicos, de establecer, al mejor estilo de los momentos más oscuros de la
humanidad, negando el derecho a la investigación y la demostración científica,
acerca del dióxido de cloro sin presentar ninguna evidencia sustancial o de que
se haya realizado la investigación pertinente del caso, es un acto que atenta
directamente no solo contra los fundamentos de los derechos humanos, sino
contra la seguridad jurídica que la Carta Magna nos garantiza y el ejercicio
pleno de nuestros derechos constitucionales”, aseguró Campos.
En
la conferencia también estuvo la doctora Mariana Gómez Morales, quien fue
presentada como médico cirujano general, sin embargo, ante consulta al Colegio
de Médico ella no apareció como colegiada.
También
participaron de la actividad los doctores Eduardo Insignares (colombiano) y
Raúl Matera (argentino).
Salud
los desmiente
El
Ministerio de Salud insistió en que de ninguna manera al dióxido de cloro se
le asocia un uso como tratamiento farmacológico para seres humanos con acción
terapéutica antiviral.
Además,
hizo un llamado a la población para que no lo ingiera bajo ninguna
circunstancia.
“No
existe evidencia científica que respalde tal acción antiviral en seres humanos,
mucho menos para un virus como el SARS-CoV-2 que solo tenemos un poco más de 6
meses de conocerlo”, detalló el doctor Adrián Brenes, farmacéutico Evaluador de
la Unidad de Registros del Ministerio de Salud en un documento que envió a la
directora interina de la Dirección de Regulación de Productos de Interés
Sanitario, Ileana Herrera Gallegos, y con que la oficina de prensa de Salud
contestó ante las consultas de la prensa.
En
el documento, Brenes incluso recordó que la Administración de Alimentos y
Medicamentos de los Estados Unidos (FDA por sus siglas en inglés) ha comunicado
advertencias solicitando a los consumidores que no compren o tomen productos de
dióxido de cloro, ya que la Agencia no tiene conocimiento de ninguna evidencia
científica que apoye la seguridad o eficacia.
Con
el uso de tratamientos alternativos explicaron que un producto, al cual se le
atribuyen propiedades terapéuticas que se clasifica como Medicamento, existe en
Costa Rica una legislación que lo define claramente.
La
Ley General de Salud, ley No. 5395, detalla la definición de medicamento en el
artículo 104: ARTÍCULO 104.-Se considera medicamento, para los efectos legales
y reglamentarios, toda sustancia o productos naturales, sintéticos o semi sintéticos
y toda mezcla de esas sustancias o productos que se utilicen para el
diagnóstico, prevención, tratamiento y alivio de las enfermedades o estados
físicos anormales, o de los síntomas de los mismos y para el restablecimiento o
modificación de funciones orgánicas en las personas o en los animales.
En
el país todo medicamento debe ser sometido a un proceso de autorización por
parte del Ministerio de Salud, en este caso por medio del Registro Sanitario.
“Es
a través del Registro Sanitario, donde el interesado deberá demostrar a la
Autoridad que el producto es de calidad, seguro y eficaz”, concluyó. Brenes.
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