Esta
iniciativa se tramita bajo el expediente legislativo número 20.299, y el pasado
9 de junio de 2020 fue aprobado en primer debate por el plenario de la Asamblea
Legislativa.
De acuerdo con el Alto
Tribunal "los aspectos consultados distan de ser contrarios a la
Constitución Política, y los valores y principios que la integran, pues son en
realidad conceptos definidos y socialmente comprendidos, cuya aplicación en
cada causa o proceso dependerá, en definitiva, de la valoración que realice la
persona juzgadora con base en todo el material probatorio con que se cuente en
cada caso concreto".
Los
magistrados aclararon que la Sala lV no se pronuncia sobre los aspectos de
oportunidad o conveniencia de los proyectos de ley, materia reservada al legislador.
La
diputada oficialista, Nielsen Pérez, celebró la posición de los magistrados.
El grupo de diputados que
había consultado argumentaba que, debido a la redacción del proyecto,
su aplicación dependería de la manera en la que la persona juzgadora interprete
o no la pena señalada, situación que "violenta
los principios de tipicidad y legalidad penal".
Los comentarios expresados en las secciones de opinión, reclamos del pueblo, campos pagados, negociemos y en la opinión de los lectores y comentarios de terceros al final de las notas o en las páginas de redes sociales, son responsabilidad exclusiva de sus autores. La Voz de Goicoechea (www.lavozdegoicoechea.info) es un medio de comunicación independiente, y no toma como suyas dichas opiniones por lo que no se responsabiliza por el contenido emitido por terceros.
Escríbenos a nuestro correo electrónico
0 Comentarios
Queremos ver tus comentarios, estos nos enriquecen y ayudan a mejorar nuestras publicaciones :
_______________________________________________