Con 19 votos a favor y de manera unánime, la Corte Plena acogió la solicitud realizada por el Ministerio de Seguridad Pública, por lo cual emitieron una medida excepcional, relacionada con casos de emergencia nacional.
Con esta aprobación de la Corte Plena, se autoriza al director del OIJ para adoptar las acciones necesarias, para brindar la colaboración de la Policía Judicial y participe en labores coordinadas con la Policía administrativa, dentro de los operativos policiales, siempre que sean relacionados al tema de la pandemia del COVID-19.
Por este motivo, las labores del OIJ serán únicamente de coordinación y colaboración contra quienes violen las órdenes sanitarias en general. Con la aclaración que no podrá convertirse en Policía preventiva ni estar al mando del Poder Ejecutivo.
La colaboración del OIJ en estas labores se extenderían desde el 13 de abril y hasta el próximo 11 de mayo, y dependiendo del periodo que abarque la emergencia por el COVID-19, podría ampliarse esta ayuda.
Finalmente, las labores temporales no podrán afectar la prestación del servicio público al cual está obligado por ley el OIJ, por lo que la redistribución de recursos deberá garantizar las responsabilidades legales.
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