Se trata de una modificación al Código Municipal para que las autoridades municipales puedan hacer los actos protocolarios en un recinto autorizado por autoridades sanitarias y que cumpla con los lineamientos del Ministerio de Salud.
Es por eso, que se procura garantizar el distanciamiento físico entre los miembros del concejo municipal y el acto será privado para evitar aglomeraciones.
El lugar deberá ser dispuesto por la administración municipal saliente en coordinación con las autoridades competentes, el cambio debe ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta.
Además, la iniciativa establece una serie de regulaciones para que las municipalidades queden facultadas a utilizar medios tecnológicos y realicen sesiones municipales virtuales:
1- Existir una plena compatibilidad entre los sistemas o medios empleados por el emisor y el receptor, pues se debe garantizar la autenticidad e integridad de la participación, voluntad y la conservación de lo actuado.
2- Los participantes no podrán realizar otra labor privada o pública y no podrán estar de forma simultánea durante el desarrollo de la sesión en cualquier otro tipo actividad pública o privada.
3- El pago de la dieta se justificaría únicamente si el miembro participa de la totalidad de la sesión, y se mantiene en ella, y si además se garantizaron los principios de colegialidad, simultaneidad, deliberación y votación.
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