Así consta en el oficio DFOE-Dl-2206 del primero de noviembre de 2019, de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa. Área de Denuncias e Investigaciones, dirigido al Concejo Municipal.
“(…) Valga destacar que la no conclusión de estos procedimientos, podría traer como posibles consecuencias: la no recuperación de eventuales daños ocasionados a la hacienda pública, la eventual impunidad de los presuntos responsables en ambos procedimientos, así como la eventual configuración de responsabilidades por la no conclusión de los mismos, y la eventual caducidad del procedimiento o la prescripción del caso”, recuerda el documento.
“En virtud de lo expuesto, de conformidad con las competencias asignadas a este Órgano Contralor mediante los artículos 183 y 184 de la Constitución Política y las potestades de investigación previstas en el artículo 22 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, se ordena al Concejo Municipal, que adopte los acuerdos y acciones necesarias para finalizar los procedimientos administrativos identificados con los números PAMG-01 y PAMG-02 de la auditoría Interna Municipal”, indica.
El acatamiento de lo ordenado es obligatorio y deberá cumplirse dentro del plazo de 60 días y su incumplimiento constituye causal de responsabilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República”, recuerda la Contraloría
En la relación de hechos 001-2016 de la Auditoría Interna Municipal, atribuye la presunta responsabilidad por los hechos que se señalan en todos los funcionarios del Comité Cantonal de Deportes de Goicoechea a saber, Oscar Figueroa Fieujeam, Augusto César Fajardo Barrios, Javier Soto Madrigal, Ivette Yency Campos Rojas, Gerardo Zumbado Quesada (Ya fallecido ) y Geovanny Fernández Hernández, fiscal, señalando que los hechos investigados revelan la probabilidad de comisión de faltas administrativas, que a su vez podrían generar responsabilidad administrativa.
En lo que respecta a la relación de hechos 001-2017, se señala como eventuales responsables a Oscar Figueroa Fieujeam y a Augusto César Fajardo Barrios y que los hechos investigados por la Auditoría revelan la probabilidad de comisión de faltas administrativas que a su vez podría generar responsabilidad administrativa y recomienda nombrar un órgano director de procedimiento.
El Concejo Municipal acuerda nombrar el órgano director del procedimiento de conformidad con la Ley General de la Administración Pública y le solicita a la Alcaldesa Municipal que proceda al nombramiento de un asesor legal externo para que asesore al órgano director del procedimiento, de acuerdo con los procedimientos legales para tal nombramiento.
Ante los acordado por el Concejo Municipal Oscar Figueroa Fieujeam, interpone un recurso de nulidad contra todo lo actuado y solicita la destitución del órgano director por el grave error.
El Concejo Municipal conoce y discute cada uno de los dictámenes de la Comisión de Asuntos Jurídicos, donde la Comisión de Jurídicos, recomienda al Concejo Municipal, “declarar sin lugar el recurso de nulidad de Figueroa Fieujeam de todo lo actuado en el órgano director y a la destitución del órgano director.”
Ambos dictámenes no fueron aprobados en su momento por el Concejo Municipal con los votos de Joaquín Sandoval Corrales, actual presidente municipal y candidato a regidor por el Partido Renovación Costarricense (PRC); Rosemary Artavia Gonzáles, actual regidora y candidata a la primera vicealcaldía por el Partido Unidad Socialcristiana (PUSC); Gerardo Quesada Arias, actual regidor y candidato alcalde y regidor por el Partido Alianza Demócrata Cristiana (PADC); Guillermo Garbanzo Ureña, actual regidor y candidato a la segunda vicealcaldía por el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) y Rosa Alvarado Cortes, actual regidora y candidata por el Partido Accesibilidad Sin Exclusión (PASE).
Ante el voto negativo de los 5 regidores el caso quedó engavetado hasta el día de hoy cuando la Contraloría General de la República ordena que se debe proceder con las investigaciones y dar por concluido el proceso iniciado en el 2016.
0 Comentarios
Queremos ver tus comentarios, estos nos enriquecen y ayudan a mejorar nuestras publicaciones :
_______________________________________________