Por este motivo, solicitaron que en aplicación del artículo 61 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito se ordene a los imputados la devolución de ese monto a la Municipalidad de San Carlos.
“Artículo 61—Consecuencias civiles del enriquecimiento ilícito. La condena judicial firme por el delito de enriquecimiento ilícito producirá la pérdida, en favor del Estado o de la entidad pública respectiva, de los bienes muebles o inmuebles, valores, dinero o derechos, obtenidos por su autor, su coautor o cómplices, como resultado directo de este delito, salvo derechos de terceros de buena fe, conforme lo determine la respectiva autoridad judicial”.
Los delitos que se le atribuyen a Córdoba son: cinco delitos de nombramiento ilegal, dos delitos de tráfico de influencias, dos delitos de reconocimiento ilegal de beneficios laborales, dos delitos de prevaricato y un delito de peculado. Mientras que a Rojas se le señalan dos delitos de enriquecimiento ilícito y un delito de peculado.
Además de la devolución del dinero a la Municipalidad de San Carlos, la PEP pidió ₡20 millones por daño social al Alcalde y al Director Administrativo del Municipio.
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