LA VOZ DE GOICOECHEA.- Dueños de autos nuevos podrán ahorrarse hasta el 65% del derecho de circulación para 2020
El marchamo 2020 se comenzará a cobrar en alrededor de un mes, y aquí le aclaramos todo lo que necesita saber para realizar el pago, si es dueño de un vehículo eléctrico.
En primer lugar, deberá completar el proceso de exoneración en el Ministerio de Hacienda en un trámite que tarda aproximadamente 20 días.
La exoneración se realiza al impuesto de la propiedad del auto eléctrico, que representa el 65,6% del total de la inversión del derecho de circulación.
Además, se hace de manera escalonada, de manera que el primer año no pagará ese monto en su totalidad, el segundo año se hará una rebaja del 80%, el tercero 60%, el cuarto 40% y el quinto año un 20%; siempre al impuesto de la propiedad.
EXONERACIÓN EN MARCHAMO, AUTOS ELÉCTRICOS
Estarán exentos del pago del impuesto de propiedad de manera gradual durante cinco años los autos eléctricos nuevos.
El tributo representa un 65% de la inversión del marchamo (cifras en porcentaje).
Año | Exoneración impuesto propiedad |
Primero | 100 |
Segundo | 80 |
Tercero | 60 |
Cuarto | 40 |
Quinto | 20 |
Sin importar si el modelo es eléctrico o no, tendrá que pagar los rubros del marchamo correspondientes al Seguro Obligatorio de Automóviles, Conavi, IFAM y timbres, que corresponden alrededor del 34% del costo total del marchamo.
Si bien el proceso es sencillo, la burocracia obliga a los ciudadanos a realizar la solicitud todos los años.
¿CÓMO SE TRAMITA LA EXONERACIÓN DEL MARCHAMO?
- Registrarse en Exonet
- Entregar la solicitud de registro en Ministerio de Hacienda (solicitud, copia de cédula)
- Caso pasa a Cosevi para certificarlo como auto eléctrico
- Caso regresa a Hacienda para aprobar exoneración
- Una vez aprobada, imprimir de Exonet la solicitud y llevar los requisitos al Ministerio de Hacienda
- Pagar monto final luego de exoneraciones en cualquier banco
“Lo engorroso es que cada año se debe gestionar la exoneración nuevamente. Lo ideal sería hacer la solicitud una sola vez, y que automáticamente se aplique los siguientes cuatro años”, señaló Diana Rivera, directora Ejecutiva de la Asociación Costarricense de Movilidad Eléctrica (Asomove).
Sin embargo, únicamente pueden solicitar la exoneración los vehículos eléctricos nuevos o que fueron nacionalizados al país como nuevos.
“Sería un gran estímulo extender este beneficio de exoneración gradual del impuesto a la propiedad a los vehículos eléctricos usados”, concluyó Rivera de Asomove.
¿QUÉ SE COBRA EN EL MARCHAMO?
Exoneración se aplica al impuesto a la propiedad de vehículos. Datos del INS para marchamo 2019.
Inversión del marchamo | Porcentaje del total |
Impuesto a la propiedad de vehículos | 65,6% |
Seguro Obligatorio de Automóviles | 19,7% |
Consejo Nacional de Vialidad | 6,1% |
Varios timbres | 3,9% |
Canon del Consejo de Transporte Público | 2,4% |
Estacionómetros | 1,2% |
Aresep | 0,8% |
Infracciones de tránsito | 0,4% |
Total | 100% |
FUENTE LA REPUBLICA
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