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CCSS aprueba reglamento a favor de las microempresas

Goicoechea, 30 de agosto de 2019.- La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) aprobó este jueves el Reglamento para la aplicación de la Base Ajustada al Salario para microempresas en el Seguro Salud, el cual tiene como objetivo aumentar la cobertura contributiva y fomentar la formalización de microempresarios, sean físicos o jurídicos.  
Este beneficio lo tendrán las microempresas que se instalan por primera vez en el territorio nacional o que reanudan su actividad económica ante la CCSS bajo ciertas condiciones.  
El doctor Román Macaya Hayes, presidente ejecutivo de la CCSS, dijo que esta medida tiene como propósito incrementar el nivel de formalidad en el mercado laboral y apoyar la reactivación económica del país. Como consecuencia, se fortalece la sostenibilidad financiera de la institución.  
El jerarca explicó que se trata de un beneficio temporal a patronos y trabajadores, quienes sueñan con iniciar o reanudar su microactividad económica y puedan tener un incentivo que permita derribar las barreras que existen actualmente. La autoridad de la CCSS destacó que esta decisión es fundamental sobre todo cuando un 81 % del parque empresarial costarricense está constituido por microempresas.  
El Presidente de la República, Carlos Alvarado, comentó que “dar la posibilidad para que pequeñas empresas puedan escalonar sus contribuciones es un hito en el camino a la formalización y reactivación económica”.  
Agregó que “este reglamento es uno de los ejes más importantes en el proceso de dinamización de nuestra economía”, al tiempo que agradeció a la Junta Directiva y al Presidente Ejecutivo de la Caja los esfuerzos para sobrellevar el reglamento y brindar estas herramientas a las microempresas.  
Para este reglamento la CCSS creó una fórmula para la base imponible, lo cual permite reducir la base sobre la cual se calcula la cotización patronal y de los trabajadores al seguro de salud, que irá en aumento, progresivamente, durante cuatro años; hasta que en el quinto año llegue al porcentaje que cotizan todos los patronos y sus trabajadores.  
Respecto a los patronos, en el primer año la base iniciará en el 4.25 % y, progresivamente, cada año, ese porcentaje crecerá un 1.00 %, hasta llegar a un 7.25 % en el cuarto año. Al quinto año llegará al 9.25 % que es la base general.  
En el caso de los trabajadores, el porcentaje de cotización será de 4.20 %, y crecerá, gradualmente, un 1.30 % los primeros tres años y al cuarto año llegará a 5.00 %. Al quinto año alcanzará el 5.25 % que es la base general.  
Las cuotas al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) serán las establecidas en su reglamento, por lo que no tendrán afectación; tampoco impactará las cuotas actuales de otras instituciones y la institución recaudará las demás cargas, según lo dispuesto en su Ley Constitutiva.  
La base aplicará única y exclusivamente cuando el salario reportado sea mayor o igual a Base Mínima Contributiva (BMC) del Seguro de Salud, además aplicará hasta un máximo de cinco trabajadores. Si posterior a la inscripción, el patrono reporta en su planilla más de cinco trabajadores, la CCSS tomará los cinco trabajadores de mayor antigüedad consignados en la planilla para la aplicación de la base.

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