Erróneamente los personeros de Hacienda que contestan el teléfono y dan charlas dicen se debe cobrar el 13%, esto debido a que el servicio de salud no se está prestando al consumidor final es decir al paciente, y por lo tanto siendo el pagador el centro médico entonces se le debe facturar con el 13%, y además ellos objetan que esto ya no es un “servicio de salud”, es un” servicio profesional” que se le da al centro de salud. Sin embargo, yo no estoy de acuerdo con esto por los siguientes puntos:
Primero: ni la ley ni el reglamento condiciona que si el pagador no es directamente el paciente entonces no exista el “servicio de salud”.
Segundo: esto quiere decir que si llevo a mi hijo al pediatra el doctor me va a decir: Kevin si le hago la factura a su hijo que es mi paciente le cobro el 4%, pero si le hago la factura a usted que no es mi paciente le cobro el 13%.
Tercero: si esto fuera un servicio profesional entonces el doctor y enfermera deberían inscribir una segunda actividad con un D140 con el código de 741402 Asesoramiento Empresarial y Corporativo lo cual sería falso a todas luces porque los doctores y enfermeras no hacen eso, bueno en este caso.
Cuarto: el doctor o enfermera a todas luces da servicio de salud, que lo pague un tercero no elimina la realidad, y la realidad es que, si se dio un servicio de salud, es decir priva la sustancia sobre la forma.
Quinto: Si la enfermera o un doctor cobra el 13% se encarece el sistema ya que el centro venderá al 4% por lo tanto de esos 13% pagados solo podrá usar como IVA Deducible el 4% por lo tanto el 9% se va al costo o gasto y esa no es la idea.
Sexto: En ningún momento la enfermera o el doctor ha asesorado al centro médico, lo único que ha hecho es atender pacientes y según el Colegio de Médicos el Doctor es el responsable de estos pacientes no el centro médico por lo que aquí mismo se cae esto del 13%.
Sétimo: Si usted ve el contrato del Centro Médico con el doctor dice explícitamente que el doctor fue contratado para atender pacientes, no dice que fue para dar Asesoramiento empresarial.
Octavo: La palabra “Servicios Profesionales” yo sigo sosteniendo que debe desaparecer, porque ahora con factura electrónica debemos especificar qué servicio exactamente damos para ver si la tasa de IVA está bien cobrada, pero Hacienda insiste en seguir usándola, que irónico.
Noveno: Claramente la ley y el reglamento dice que los servicios de salud son al 4%
Décimo: No encuentro fundamento en ningún lado que diga que los servicios de salud prestados a un tercero que no sea el paciente sean al 13%
Bueno por dicha Tributación ya han venido corrigiendo la información en videos y charlas y ahora si están diciendo que es al 4%.
Lic. Kevin Chavarría Obando
CPA, CPI, Consultor Estructura Contable,
Asesoría Fiscal, Planilla, Finanzas personales
Correo: info@contabilidadyleyescr.com
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