Es más, ¿sabía usted que para que los sindicalistas de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) puedan ausentarse y participar de sus reuniones sin que les rebajen el salario por las horas no trabajadas, a usted le hacen pagar parte de la convención colectiva en el precio de los hidrocarburos?.
¿Incluso el precio, del cual siempre se habla que sube o baja a nivel internacional, no es más que un promedio de referencia y no es precisamente el precio real al cual lo importa Recope?.
Estas son algunas de las particularidades que se incluyen en la fijación tarifaria que rige para los combustibles y los derivados en el petróleo en el país, en una fórmula plagada de cuestionamientos por parte de diversos actores debido a la existencia de subsidios, costos y exoneraciones que influyen en el precio final.
Estas son las siete principales variables que afectan el precio final de los combustibles, y que todos debemos asumir por su consumo.
” El precio al consumidor es producto de una ecuación en donde se toma el precio promedio internacional de referencia por litro multiplicado por el tipo de cambio, a lo cual se le suma el margen de operación (únicamente tomando en cuenta los gastos relacionados con combustibles), más ajustes ocasionados por diferencial cambiario y otros gastos de operación, canon de regulación, impuesto único y restándole algunos subsidios.
Esta fórmula ocasiona que se produzca un “diferencial de precios”. Esto equivale a un rezago entre el monto al cual se compra el producto y al cual se vende, el cual a veces resulta perjudicial para la Institución cuando el precio de venta debería ser mayor, o bien perjudicial para el consumidor, que debe seguir pagando caro en momentos en que el precio más bien ha bajado a nivel internacional.
Pero adicionalmente, el hecho de que se tome como punto de partida un precio promedio de referencia y no el valor del litro o barril al momento de comprarlo, es lo que origina que el resultado de la fórmula no concluya en una tarifa real y actualizada para el consumidor.
Para compensar estos desajustes es que la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos realiza una verificación semestral y realiza los ajustes para la siguiente fijación tarifaria, pero la premisa es que este tipo de verificación debería acortarse a por lo menos cada mes.
El uso del gas ha venido creciendo apoyado por una pujante necesidad en el área hotelera, comercial e industrial. Este producto goza de un subsidio desde 2008 cuando se varió la fórmula para cambiar el margen de operación del mismo.
Asimismo, desde el 13 de enero de 2016 rige el decreto 39437 firmado por la administración Solís Rivera, estipulando como prioritaria la implementación de la Política Sectorial para los precios de Gas Licuado, Búnker Asfalto y Emulsión Asfáltica, que coloca a estos productos con un beneficio en el cálculo tarifario para abaratar sus costos.
Esto implicó durante 2018 que los precios del gas fuesen en promedio ₡44,5 más baratos por litro, equivalente al 21,3% del precio con impuestos.
Esto representó un monto absoluto de ₡14.346 millones.
En el caso del búnker y el asfalto, ambos son sujetos del mismo subsidio que el gas; sin embargo, incluso Recope tiene una crítica al respecto (pág 89 Estudio Ordinario de Precios, marzo 2019), pues desde el punto de vista de política pública hay actualmente dos políticas opuestas: por un lado se busca la descarbonización, pero por otro se fomenta el uso de búnker -altamente contaminante- en las industrias, al abaratar su costo.
Según establece la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria se estableció que todas las misiones diplomáticas y organismos internacionales en el país no deben pagar el impuesto único de los combustibles.
Así, a este personal un litro de gasolina súper le sale ₡257 más barato que al resto de la ciudadanía. Esto dice el artículo 1 bis de la norma: Exceptúase del pago del impuesto referido en el artículo 1 de esta Ley, el producto destinado a abastecer a las misiones diplomáticas y los organismos internacionales acreditados en el país, de conformidad con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, Ley N° 3394, de 24 de setiembre de 1964, y los acuerdos o convenios, debidamente aprobados por la Asamblea Legislativa que así lo establezcan.
Para hacer efectiva la exoneración, las misiones diplomáticas y los organismos internacionales que disfrutan de este beneficio, trimestralmente deben presentar a Recope el reporte de las compras de combustible efectuadas, así como los comprobantes respectivos, para que la Institución pueda realizar el reintegro de los impuestos cancelados.
Posteriormente Recope envía los datos a la Dirección de Tributación para recuperar los montos por parte de Hacienda.
La flota pesquera nacional cuenta con un subsidio estipulado desde la Ley de Creación de Incopesca. En 2013 hubo una reforma que redujo los precios al sector en cerca de un 25%. Para 2017 en la última resolución de precios alcanzó un subsidio que abarató el litro de gasolina plus 91 para pescadores en ₡42,42 y el litro de diésel 50 en ₡23. Este es un subsidio cruzado; es decir, finalmente lo tiene que pagar el resto de consumidores con las tarifas y se originó con la idea de ser solidario con una población menos favorecida. Sin embargo, en el camino se han generado cuestionamientos sobre los débiles mecanismos de fiscalización que existen para garantizar que este combustible se use realmente para la pesca, pues incluso se han producido detenciones de embarcaciones con combustible subsidiario que se utilizado por el narco o bien otras actividades no ligadas a la pesca.
Los gastos en que incurre Recope para financiar la convención colectiva de sus empleados forma parte de los costos de operación deducibles como parte de las tarifas de combustibles. Para este año el golpe incluso podría ser menor, pues existe un rezago del ajuste ordinario de 2015 cuando la Aresep no incluyó todos estos costos, pero una disposición de la Sala constitucional en 2016 ordenó incorporarlos. El cumplimiento de esta disposición está pendiente y fue solicitada por Recope en la última solicitud de aumento ordinario. En 2018 Recope repartió ₡19 mil millones en beneficios a sus empleados, como parte de la convención. Ver más ¿Cómo repartió Recope ₡19 mil millones en 39 beneficios a sus empleados?
Algunos grupos organizados como Consumidores de Costa Rica, han reiterado que el actual esquema de impuesto único es abusivo, dato que representan valores por encima del 40% del precio final. El impuesto único funciona como una gran caja recaudadora en donde se define un porcentaje total de cobro para cada uno de los productos que distribuye Recope y esos tributos son posteriormente repartidos entre el Conavi y municipaldades para reparación de carreteras, el Lanamme para la fiscalización de calidad,
Fonafifo para la siembra de árboles, Agricultura para financiar cultivos orgánicos y la Cruz Roja para sus comités auxiliares.
“El impuesto único es la principal distorsión en el precio de los combustibles. Ha llegado a ser la mitad del precio y por ejemplo en el caso del diésel impacta directamente las tarifas de buses y de la electricidad; mientras ese impuesto se mantenga de esa manera no habrá forma de que los precios bajen”, cuestionó Erick Ulate, de Consumidores de Costa Rica. De acuerdo con Ulate se debería al menos extender exenciones como la que tienen los miembros diplomáticos en el país o subsidios como el del sector pesquero a gremios como el de los autobuses para que las tarifas bajen.
Un proyecto de ley presentado en ese sentido terminó en fracaso al no contar con apoyo suficiente a nivel político.
El precio de venta del jet fuel, utilizado en aeronaves se maneja mediante un sistema de bandas. Los precios de mercado- según Recope– en ocasiones a veces son distintos al cálculo que se realiza a nivel local, por lo que la entidad se ve obligada a aplicar únicamente el valor límite, sin que pueda recuperar el diferencial o igualar a los que están fuera de la banda.
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