Huelga de maestros y de funcionarios de la Caja sería prohibida automáticamente

*Trabajadores tendrán que ir a un “arbitraje obligatorio” para dilucidar conflictos laborales  
LA VOZ DE GOICOECHEA.- Los profesores y maestros, así como todos los funcionarios del sector salud, no podrían irse a huelga dentro de poco.  
Está cerca de votarse en primer debate un proyecto que define una nueva lista de servicios públicos esenciales, los cuales no se podrían interrumpir en ninguna circunstancia.  
En lugar de la protesta, se habilitará el arbitraje obligatorio para que los conflictos laborales se resuelvan sin protestas.  
Se trata de los sectores de salud, seguridad, comedores escolares, educación pública, suministro de combustibles y suministro de agua, entre otros.  
Bajo esa premisa, cualquier movimiento de protesta de los trabajadores que dan los servicios sería declarado ilegal automáticamente por los Tribunales de Trabajo.  
Asimismo, los funcionarios que desafíen la medida sufrirían un rebajo automático de sus salarios e incluso serían despedidos.  
“Se trata de un proyecto que reforma el Código de Trabajo para solventar un vacío legal existente y cuyo objetivo es garantizarles a los ciudadanos la continuidad de los servicios públicos por parte del Estado en todo momento”, dijo Yorleny León, diputada liberacionista y proponente de la iniciativa.  
La importancia de este proyecto de ley radica en que los servicios esenciales, por ser indispensables para la vida, la seguridad y la salud de las personas, no se pueden interrumpir.  
Por otra parte, el plan introduce la calificación de “servicios de trascendental importancia”, que serían los que sí podrían hacer huelga siempre y cuando se garantice un mínimo a través de un plan remedial que deberá ser aprobado por el Ministerio de Trabajo antes de que inicie la protesta.
La propuesta de ley es apoyada por Liberación, el PUSC y otros partidos y surgió tras la huelga nacional en contra de los nuevos impuestos que se realizó el año pasado.  
Límite a las protestas  
Los servicios considerados “esenciales” no podrían irse a huelga, mientras que los “trascendentales” deberán garantizar un mínimo a través de un plan remedial que deberá ser aprobado por el Ministerio de Trabajo.  
Servicios públicos esenciales
Acceso a la justicia
Atención de emergencias
Atención de poblaciones vulnerables en especial en centros de internamiento
Centros penitenciarios
Comedores escolares
Control de tráfico aéreo
Depósitos y retiros bancarios
Educación pública
Salud
Seguridad
Suministro de agua
Suministro de combustibles
Telecomunicaciones
Tránsito   
Servicios trascendentales
Celebración de consultas populares en todas sus modalidades
Control migratorio y aduanero
Recolección de basura

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