LA VOZ DE GOICOECHEA.- La Sala Constitucional acogiĆ³ un recurso de amparo interpuesto en contra del Ministerio de EducaciĆ³n PĆŗblica (MEP), en el que una profesora solicitĆ³ que se dejara sin efecto una renuncia que interpuso durante un cuadro depresivo.
A criterio de la Sala, la funcionaria estaba en una condiciĆ³n de vulnerabilidad en el momento que presentĆ³ la renuncia, por lo que debĆa ser tutelada y protegida por el ordenamiento constitucional, mĆ”xime que se afectĆ³ su derecho fundamental al trabajo.
“(…) este Tribunal ha dispuesto que la estabilidad que ofrece un empleo, es un factor importante para facilitar la superaciĆ³n de los problemas relacionados con alguna enfermedad, por lo que el patrono debe brindar al trabajador en condiciĆ³n de vulnerabilidad, la posibilidad de tratarse y rehabilitarse antes de interrumpir o cesar su relaciĆ³n laboral, aun cuando la propia persona afectada sea quien lo solicita”, indica el fallo.
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