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Denuncia por pornografía justificó intervención de Pani en Hospicio de Vista de Mar de Rancho Redondo

LA VOZ DE GOICOECHEA.- La existencia de dos denuncias penales contra las personas encargadas del cuido de las personas menores edad, por los delitos de privación de libertad sin ánimo de lucro, y de fabricación o producción de pornografía justificó, entre otras cosas, las actuaciones del Patronato Nacional de la Infancia (Pani) en el Hogar Vista de Mar, de la Fundación Hospicio de Huérfanos de San José. 
La Sala declaró con lugar el recurso que interpuso el Pani por el allanamiento y reubicación de las personas menores de edad que habitaban en este Hogar. Las denuncias se encuentran actualmente en trámite ante la jurisdicción penal.
La intervención realizada el 21 de diciembre pasado, la autorizó el Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, “ya que tomó en consideración para el dictado de dicha resolución, la situación de riesgo en que se encontraban las personas menores de edad al ser víctimas de agresión física, psicológica y verbal, al practicárseles castigos denigrantes, tomarles fotos desnudos mientras se bañaban, dormir con las personas encargadas de su cuido, y faltas de atención generalizadas que incluso truncaron procesos de adopción, así como problemas de utilización de los fondos brindados por el Pani”, indicaron en un comunicado.
La Sala estuvo integrada por el magistrado Fernando Castillo Víquez, en condición de Presidente a.i., y los magistrados Paul Rueda Leal, Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García, Marta Esquivel Rodríguez, Hubert Fernández Argüello y Ana María Picado.
Los magistrados indicaron que la actuación del Pani “se encuentra ajustada al principio del interés superior del niño, y a la necesaria protección que el Estado debe brindar a las personas menores de edad”, explicaron. 
La Sala dio por demostrado que la intervención del Patronato tuvo lugar debido a la omisión de la Fundación y del Hogar en atender serias irregularidades que venían presentándose desde el año 2011, así como por la existencia de dos denuncias penales contra las personas encargadas del cuido de las personas menores edad, por los delitos de privación de libertad sin ánimo de lucro, y de fabricación o producción de pornografía, denuncias actualmente en trámite ante la jurisdicción penal. 
“En el mismo sentido, la representación del Patronato dejó manifiesta la inexistencia de procesos de atención y de registros de atenciones a las personas menores de edad, la utilización de prácticas inadecuadas por parte de los cuidadores de los menores, como lanzamiento de objetos, rociarles con sustancias contaminantes, castigarles con agresión física o inmersiones en tanques de agua, e incluso, la existencia de expedientes judiciales contra personas menores de edad que debían permanecer en el Hogar, lo que denota un indebido cuido por parte de las autoridades del Hogar”, informó la Sala en su comunicado. 
De igual forma quedó demostrado que la actuación e intervención del Pani se hizo en base a un informe técnico donde se identifican las mencionadas irregularidades, y que previamente había sido socializado con los personeros de la Fundación, a quienes igualmente se les otorgó audiencia sobre los hechos presentados, brindándoles así el debido proceso.



CORREO ELECTRONICO:   redaccion@lavozdegoicoechea.info

 

  

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