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18 meses de cárcel por un “tranque fantasma”

LA VOZ DE GOICOECHEA.- La jueza Octavo Local Penal de Managua, Roxana Martínez Rosales, sentenció a 18 meses de prisión a los chichigalpinos Gerson Suazo, Claudia Campos y Cristhian Meléndez, a quienes declaró culpables del delito de obstrucción de servicios públicos (transporte). 
En la sentencia condenatoria de primera instancia, la jueza Roxana Martínez establece que los tres sentenciados terminarían de cumplir sus respectivas condenas el 28 de abril del 2020. 
A los tres, la Fiscalía los acusó de haber levantado tranques antigubernamentales en el municipio de Chichigalpa, departamento de Chinandega, entre el 15 y 24 de mayo de 2018. 
Entre las pruebas en que se apoyó la judicial para declararlos culpables, destaca el testimonio de 17 testigos de los cuales, al menos, 11 dijeron ser miembros de la Policía.  
Ningún tranque 
Uno de los condenados es Gerson Suazo, hijo del comisionado de la Policía, Juan José Suazo Rivera, fallecido en un accidente de tránsito hace 3 años cuando se desempeñaba como jefe de Auxilio Judicial en Chichigalpa. 
El abogado Gerardo González Riega, defensor de los jóvenes chichigalpinos, expresó su desacuerdo con la sentencia y afirmó que sus representados han sido condenados por un tranque que nunca existió. 
“Este es el caso del tranque fantasma, porque en Chichigalpa nunca hubo tranque”, aseguró el abogado defensor, agregando que, en el caso de Gerson Suazo, lo que hizo fue lanzar globos azul y blanco. 
Gerson Suazo fue detenido a las 7:00 p.m. el 21 de octubre en las afueras de la parroquia San Blas, en Chichigalpa, porque después de salir de misa, lanzó globos azul y blanco. 
Suazo fue acusado por la Fiscalía hasta 33 días después; es decir, con el plazo legal de las 48 horas vencido. 
En una resolución emitida después de la sentencia, la jueza Martínez advirtió a la Fiscalía que su plazo para contestar los agravios (perjuicio) que la defensa ha expresado en su escrito de apelación, está por vencerse. 
De no presentar su escrito de contestación de agravios, la Fiscalía no podría hacer alegatos en la audiencia de apelación que se realizará ante un juez de Distrito Penal de Juicio, según lo establecido en el Código Procesal Penal (CPP).



CORREO ELECTRONICO:   redaccion@lavozdegoicoechea.info

 

  

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