ICD: extinción de dominio debe incluir delitos tributarios y contrabando


LA VOZ DE GOICOECHEA.-   Dejar por fuera el contrabando y los delitos tributarios del alcance de la Ley de Extinción de Dominio, permitiría que las personas que delinquen y sus beneficiarios conserven la riqueza conseguida con las actividades ilícitas.


Esta es la opinión de Guillermo Araya, director del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), quien considera que la nueva ley sería complementaria a la legislación penal existente y no sustituta, como algunos podrían considerarlo.

“La Extinción de Dominio tiene un campo aplicación. Específicamente para el contrabando podemos indicar que no se persigue las pantallas, ni el licor, ni las prendas de vestir, entre otros artículos que puedan ser introducidos bajo este delito al país, sino el “modus vivendi” o estilo de vida de los miembros de la organización criminal, sus cuentas bancarias, propiedades y otros”, dijo.

El especialista insistió en que además de la pena que puedan recibir estas actividades, también se debe atacar la estructura de capital que componen el grupo organizado.

Con la aplicación de la ley un juez haría una sentencia declarativa de que hay una extinción de dominio y se podría actuar contra esos bienes a favor del Estado, a menos que los beneficiarios puedan demostrar el origen lícito de los bienes.

“Por ejemplo, si se muere la persona juzgada, ya no se pueden perseguir los bienes. Y la familia del narco, se queda con todo”, detalló.

En otros países, además de los delitos tributarios se incluyen otros ilícitos como la ciberdelincuencia y la pornografía infantil.

Las declaraciones de Araya se dan después de conocerse que el propio Ministerio de Hacienda pidió que se excluyeran los delitos tributarios y de contrabando de la futura Ley, por considerar que ya cuentan con penas en leyes propias.


FUENTE CRHOY




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