LA VOZ DE GOICOECHEA.- Aunque el proyecto de reforma fiscal se apruebe en los próximos días y entre a regir a partir del 1 de enero próximo, no todos los impuestos se cobrarán de inmediato ni todas sus regulaciones se aplicarán de forma automática.
El texto establece una serie de lineamientos que implican un acomodo paso a paso, que incluso llevará a empezar con cobros en algunos tributos hasta un año después de aprobada.
La aclaración la hizo el economista Daniel Suchar quien señaló que el texto establece una serie de transitorios y obligaciones que alargan la entrada en vigencia de ciertos rubros por hasta casi un año.
Así se dará el paso a paso, si el plan entra a regir en enero próximo:
De Ventas al IVA
Inmediato sin cambio perceptible
El cambio de un impuesto de ventas al de valor agregado no será perceptible para la gente en los bienes y servicios que ya se cobra, pues el monto será el mismo del 13%. Desde el servicio por comidas hasta distintos bienes seguirán teniendo el mismo cobro.
La diferencia aplicará para aquella persona que dé servicios, pues puede solicitar facturas para presentarlas y deducirlas de lo que debe pagar.
Regla fiscal
Próximo presupuesto
La regla fiscal es una medida que impide al gobierno endeudarse de acuerdo al nivel de crecimiento económico que tenga el país. Esto pretende impedir un ensanchamiento del déficit fiscal. Aunque ya para este año el presupuesto no crecerá ( sin tomar en cuenta los pagos de deuda), la regla fiscal establecería esta obligación como una orden jurídica a partir del siguiente plan de gastos.
Impuesto de renta
De inmediato
No habrá cambios respecto a los primeros tramos de renta que se cobrarán a partir de 2019, ubicados entre ₡817 mil y ₡1.226.000, para los cuales se pagará entre 10% y 15%.
Menos de ₡817 mil no pagarán. Más de ₡1.226.000 se establecerán dos nuevos tractos de 20% y 25%.
IVA en servicios
Julio 2019
Aplicaría un cobro del 13% para la mayoría de servicios.
Incluye el concierto, la entrada al estadio, cortarse el pelo, ir al doctor, etc.
Establece pagos diferenciados: 4% para pasajes aéreos y servicios de salud, 2% educación privada, primas de seguros, compras de universidades.
IVA en canasta básica
Enero 2020
Se aplica un cobro del 1% a bienes y servicios incluidos en la canasta básica, pero el cobro se iniciaría un año después de su entrada en vigencia.
La canasta básica será establecida mediante decreto emitido por el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).
Reformas en empleo público
Vigencia según reforma
Por ejemplo, los cambios para impedir que las anualidades y pluses aumenten se aplicarán de inmediato.
De igual forma se congelarán los salarios mayores a ₡4 millones para todos los funcionarios y jerarcas de gobierno.
Respecto a los cálculos de cesantía con tope a 12 años aplicará en los siguientes casos de salidas de funcionarios.
Los derechos adquiridos por convenciones colectivas no cambiarán en ningún caso, salvo en la renegociación. Todos los jerarcas deben denunciar las convenciones cuando éstas lleguen a su vencimiento.
Recomendaciones
Tanto el economista Daniel Suchar como la ministra de Hacienda Rocío Aguilar coincidieron en que una vez en vigencia, el plan fiscal conllevará un cambio muy fuerte en materia tributaria, ante lo cual los ciudadanos deberán acostumbrarse.
“Algo que no esta en plan fiscal es la educación financiera porque las facturas de bienes y servicios van a ayudar como comerciante o en la cadena de valor, para rastrear, hacer trazabilidad y bajar el impuesto porque lo que se paga por un lado no lo paga por otro lado”, dijo Suchar.
En ese sentido el economista habló de la posibilidad que tendrán las personas que ofrecen servicios de deducir facturas por las cuales ha pagado IVA. La recomendación entonces es tener un mayor orden y solicitar facturas por todos los bienes y servicios que adquieran.
Desde Hacienda, la Ministra señaló que a partir de la aprobación existe una serie de reglamentos en los cuales deberán trabajar con celeridad, así como adecuando los sistemas de cobro y de Tributación.
FUENTE CRHOY
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