Posiciones Primera División

    1-  Asociación Liga Deportiva Alajuelense 29  -  2- Asociación Deportiva San Carlos  28  -  3- Club Sport Cartaginés 24  -  4-   Deportivo Saprissa  24  -  5- Club Sport Herediano 20 -  6-  Sporting San José 20  -  7-  Asociación Deportiva Guanacasteca y de la península de Nicoya 19  -  8-Asociación Deportiva Municipal Liberia  17  -  9- Asociación Deportiva Municipal Santa Ana F.C.  13  -  10- Asociación Deportiva Pérez Zeledón  12 -   11- Puntarenas Fútbol Club  8  -  12- Asociación Deportiva Santos  5  -    

Municipalidades deben reglamentar construcción de obras menores

LA VOZ DE GOICOECHEA.-    A partir del mes de marzo del 2018, las 81 municipalidades del país deben acogerse a los nuevos cambios establecidos en la Ley de Construcciones.

Esta reforma a la Ley 833, viene a solventar los problemas de tramitación que establecía la Ley de Construcciones, pues ahora las personas interesadas en realizar obras menores como instalación de puertas, de pisos, acabados, cambio de techo, entre otros, harán una gestión más sencilla y con menos trámites.

Carlos Mejías, Director Legal de la Municipalidad de Flores comentó que “los cambios plantean retos a las municipalidades, nos da una nueva tarea que es la de reforzar nuestra función de control urbanístico porque se tiene que equilibrar el respeto a las reglas constructivas frente a las nuevas facilidades que se le dan a las personas para poder administrar su patrimonio inmobiliario”.

Por su parte el Ing. Freddy Bolaños, Director de Ejercicio Profesional del CFIA señaló que “el espíritu de la reforma lo que persigue es que las municipalidades se beneficien con un tema de simplificación, hay ciertos tipos de trámites que por su naturaleza pueden implicar una sobre carga administrativa para la municipalidad y que no le genera un valor agregado a la colectividad; desde nuestra perspectiva este tema puede verse como un beneficio para el gobierno local”.

Entre los cambios más significativos de la reforma está que las obras que no excedan el equivalente a diez salarios base no necesitan que un profesional en ingeniería o en arquitectura se haga responsable para ejecutar reparaciones, remodelaciones, ampliaciones y otras obras de carácter menor.

Este tipo de obras, deben ser tramitadas ante la municipalidad respectiva y deben ser reguladas por un reglamento específico emitido por el gobierno local correspondiente.

Además no es permitido realizar trámites de obra menor consecutivos, en periodos menores a 12 meses para un mismo inmueble.

Cuando la construcción de una obra implique aumento de capacidad estructural, mecánica o eléctrica, aunque la intervención tenga un costo menor a diez salarios base, deberá contar con un profesional en ingeniería o en arquitectura, miembro del CFIA, que asuma la responsabilidad del diseño, así como de la ejecución.

Actualmente, se tiene conocimiento de que únicamente dos municipios cuentan con el reglamento de obras menores.

Por esta razón el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos en conjunto con el Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local de la UNED, realizaron talleres en las seis regiones del país para aclarar las dudas que tuvieran las municipalidades con respecto a las nuevas reformas y discutir una posible propuesta de reglamento que se adapte a las particularidades de cada cantón.

Los talleres se realizaron en los cantones de Orotina, Liberia, San Carlos, Siquirres, Heredia, Alajuela, Cartago y San José y contaron con la participación de representantes técnicos, asesorías legales, alcaldías y regidurías de las municipalidades de todo el país.

FUENTE ELMUNDO.CR






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