Posiciones Primera División

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Este martes 3 de abril inicia escrutinio definitivo de votos

LA VOZ DE GOICOECHEA.-       Cada mesa de trabajo contará con 29 funcionarios del TSE y un magistrado.

Este martes, a partir de las 9:00 a.m., el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) dará inicio al escrutinio definitivo de las 6.612 juntas receptoras de votos (JRV) de la Segunda Votación.

Se realizarán dos sesiones por día: una será de 7:30 a. m. a 12 mediodía (con excepción de mañana, que iniciará a las 9:00 a.m., debido a la capacitación que recibirán los fiscales partidarios) y, la otra, de 1:00 p. m. a 5:30 p. m.

Los cinco magistrados propietarios y los cuatro magistrados suplentes del TSE dirigirán este proceso. Cada juez electoral guiará una de las cinco mesas de trabajo y estará acompañado por cerca de 29 funcionarios y un fiscal que podrá acreditar cada partido político que intervino en la segunda ronda.


Las sesiones serán presididas por los Magistrados Luis Antonio Sobrado y Eugenia María Zamora.

En el canal de Youtube institucional (TSECostaRica) se transmitirá el proceso de escrutinio de manera ininterrumpida. De manera complementaria, en la página web del Tribunal, www.tse.go.cr, se publicarán diariamente las actas del escrutinio con los resultados definitivos.

¿En qué consiste el escrutinio?

El escrutinio es el examen y la calificación de la documentación electoral. Es un proceso de revisión documental -que incluye la apertura de cada saco que contiene el material electoral- para corroborar la información enviada por cada JRV mediante el sistema de transmisión de datos.

En los siguientes supuestos la revisión será más exhaustiva, pues incluirá la verificación individual, papeleta por papeleta y el recuento de los votos asignados a cada agrupación política:
Cuando, al momento del escrutinio en la junta no hayan estado presentes al menos tres de sus miembros, salvo si estuvieran dos miembros acompanÞados de un auxiliar electoral, lo cual deberaì constar en el padroìn registro.
Trataìndose de juntas receptoras de votos contra cuyos resultados se presenten apelaciones o demandas de nulidad admisibles y esa diligencia (a juicio del TSE) sea necesaria para su resolucioìn.
Cuando los resultados de una junta sean manifiestamente inconsistentes.
Juntas receptoras de votos en las que se extravió el padroìn registro, no se haya utilizado o que consten en eìl observaciones que ameriten el recuento.

El escrutinio debe estar concluido dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la votación. Sin embargo, el TSE estima terminarlo en menos de dos semanas.

FUENTE ELGUARDIAN.CR


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