Desacuerdo complica ley para castigar acoso sexual callejero

LA VOZ DE GOICOECHEA.-    La diputada Emilia Molina, del PAC, dijo que la propuesta quedará en manos de los nuevos legisladores.

Un desacuerdo a lo interno de la Comisión Especial de la Mujer de la Asamblea Legislativa ha dificultado el avance del proyecto de ley para castigar el acoso sexual callejero.

Así lo reconoció la diputada Emilia Molina, quien representa al Partido Acción Ciudadana (PAC) en ese órgano legislativo.

“Tenemos un desacuerdo que no hemos logrado resolver en la Comisión de la Mujer y mientras no resolvamos ese desacuerdo, que tiene que ver fundamentalmente con las penas, el proyecto no puede ser dictaminado“, dijo.

Explicó que se trata de dificultades para plasmar en el texto los mecanismos para denunciar al acosador y el tipo de penas que finalmente quedarán.

“La dificultad está en cómo hacemos para identificar a la persona que acosa”, agregó.

El proyecto de ley define al acoso sexual callejero como: “todo acto de naturaleza o connotación sexual, cometido en contra de una persona en lugares o espacios públicos, o de acceso público, sin que mantengan la persona acosadora y la persona acosada relación entre sí, sin que medie el consentimiento de la víctima y que produzca en la víctima intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente de inseguridad u ofensivo en los espacios públicos”.

Y por manifestaciones de acoso sexual en espacios públicos se incluyen las siguientes:
Actos no verbales o verbales, como gestos obscenos, jadeos y cualquier sonido gutural de carácter sexual, así como también el que pronunciare palabras, comentarios, insinuaciones o expresiones verbales de tipo sexual alusivas al cuerpo, al acto sexual, o que por lo mismo resulten humillantes, hostiles u ofensivas hacia la víctima.
Captación de imágenes, vídeos o cualquier registro audiovisual del cuerpo de otra persona o de alguna parte de él, sin su consentimiento y mediando connotación sexual, así como la divulgación en cualquier forma de este material por parte de la persona acosadora.
Actos de acoso sexual como abordajes intimidantes, exhibicionismo o masturbación, persecución a pie o en medios de transporte.

De acuerdo con la propuesta, el acoso sexual callejero se castigaría con penas que oscilarían entre los seis meses y dos años de prisión.

FUENTE CRHOY




 
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