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Aprobada en segundo debate reforma para cerrar hueco de ¢5,3 billones en pensiones judiciales

LA VOZ DE GOICOECHEA.-    Reforma a régimen de la Corte aumenta edad regular de jubilación a 65 años; edad mínima con penalización por adelanto de pensión sería 62 años para hombres y 60 para mujeres.

Luego de varios años de discutir las reformas al Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Poder Judicial, los diputados aprobaron un proyecto de ley para cerrar el hueco de ¢5,3 billones proyectado para ese sistema jubilatorio.

La aprobación definitiva, en segundo debate, llegó con el voto positivo de 34 congresistas, este jueves a las 6:35 p. m., luego de que la Sala Constitucional respondió una consulta legislativa, diciendo que el proyecto no presentaba vicios de inconstitucionalidad.

A favor de la iniciativa votaron 13 diputados del PLN, 10 del PAC, cinco del PUSC, tres del Movimiento Libertario, uno de Renovación Costarricense, una de Restauración Nacional, uno de Alianza Demócrata Cristiana (ADC).

En contra votaron, principalmente, los siete legisladores del Frente Amplio presentes en ese momento, así como Marvin Atencio, de Acción Ciudadana, y Ronald Calvo, de Liberación.

La necesidad de la reforma se debe a que el régimen de pensiones de la Corte carece de solvencia económica para pagarle a sus jubilados, tal como lo han determinado varios estudios actuariales, incluyendo el realizado por el Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas (IICE) de la Universidad de Costa Rica (UCR).

La iniciativa, avalada por las fracciones del Partido Acción Ciudadana (PAC), Liberación Nacional (PLN), Unidad Social Cristiana (PUSC) y las fracciones minoritarias, eleva la edad regular de jubilación ordinaria, de 60 a 65 años.

No obstante, permite que la edad mínima para acogerse a una pensión anticipada, pero aceptando una penalización por ello, será de 62 años para los hombres y 60 para las mujeres.

Actualmente, los jubilados del Poder Judicial pueden pensionarse con una pensión correspondiente al 100% del promedio de los últimos 24 salarios.

Con la reforma aprobada, ese cálculo bajará, para que las pensiones sean un monto igual al 83% del promedio de los últimos 240 salarios.

También se va a modificar la normas que les permite a los empleaados judiciales jubilarse con 30 años de servicio, pues esa cantidad de tiempo laborado aumenta a 35 años.


Hasta la fecha, no existe un monto máximo de pensión para los jubilados de la Corte, por lo que existen pensiones de ¢9 millones y ¢10 millones.

Con el proyecto de ley aprobado, que reforma varios artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se fija un techo de ¢4 millones a las pensiones de ese poder, o sea, diez veces el salario base más bajo de la Corte Suprema.

Además, se incrementa la cotización de los empleados, que actualmente dan un 11% de sus salarios y, a partir de la entrada en vigencia de la reforma legal, tendrán que cotizar un 13%. En tanto, el aporte del Estado se mantiene en un 1,24% y el del Poder Judicial como patrono queda igual, en un 14,36%.

Actualmente, las pensiones judiciales no pagan una contribución solidaria para dar sostenibilidad al régimen jubilatorio.

A partir de que entre en vigor la nueva ley, estarán afectas a una contribución que va de un 35% a un 55% del monto que sobrepase el tope de los ¢4 millones.

De esa forma, una pensión que actualmente sea de ¢6,5 millones, por ejemplo, tendrá que pagar la contribución sobre los ¢2,5 millones que están por encima del techo.

FUENTE LA NACION




 
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