LA VOZ DE GOICOECHEA.- La orden cautelar impuesta por el TSE contra la Federación Alianza Evangélica Costarricense (FAEC) y la Conferencia Episcopal Nacional de Costa Rica (CECOR), no impide que sacerdotes y pastores puedan "tomar posición sobre los problemas sociales del país".
Así lo dio a conocer el ente electoral en dos resoluciones que fueron dadas a conocer el martes a ambas organizaciones religiosas.
La posición del TSE surge como respuesta a una petición que hizo la FAEC, para que se "adicionen y se aclaren" los efectos de la medida cautelar que prohíbe a pastores y sacerdotes inducir el voto de sus feligreses.
Esta disposición la giró el Tribunal, luego que los magistrados decidieran dar trámite a un recurso de amparo electoral presentado el 22 de enero por un ciudadano identificado como Víctor Alonso Vargas.
De manera concreta, el grupo evangélico pidió clarificar si las siguientes actividades estarían dentro del marco de lo que no es permitido, a la luz de la legislación electoral:
- Orar por gobernantes, autoridades y candidatos.
- Instar a los asistentes a los servicios religiosos, cursos de formación u otras actividades propias de las iglesias, a ejercer su derecho al voto en estas elecciones, sea en primera o segunda ronda electoral.
- Instar a sus asociados y a los miembros que, a su vez las integran, a meditar su voto en oración y ejercerlo en apego a sus convicciones éticas y morales.
- Facilitar sus instalaciones físicas para la celebración de foros cívicos a fin de que los candidatos puedan informar a la población sobre sus planes de gobierno.
- Autorizar a partidos políticos para que, en las afueras de sus instalaciones, entreguen propaganda y pongan puestos de información.
- Orar por algún candidato que así lo solicite en alguna de las reuniones de culto de las asociaciones miembros aquí no recurridas.
Si bien los magistrados no se refirieron en concreto a los puntos planteados, indicaron tanto a la Conferencia Episcopal como a la Alianza Evangélica, que están en toda libertad de "tomar posición sobre los problemas sociales del país", así como "explicitar su postura frente a temas puntuales de la realidad nacional".
Eso sí, el Tribunal aclaró que las actividades se pueden realizar siempre y cuando ”no incurran en actuaciones que tengan las condiciones para influir en la libertad del sufragio de sus feligreses, todo lo cual deberá ser valorado por los interesados en cada caso concreto”.
Los magistrados también notificaron a la Conferencia Episcopal su decisión de desestimar un recurso para dejar sin efecto la medida cautelar, por considerarlo improcedente, según lo que establece la ley y Constitución Política.
POR LA NACION
POR LA NACION

Contáctanos

0 Comentarios
Queremos ver tus comentarios, estos nos enriquecen y ayudan a mejorar nuestras publicaciones :
_______________________________________________