Es Legal o no el matrimonio gay de acuerdo a la ley

LA VOZ DE GOICOECHEA.-    El famoso Abogado experto en Derechos de Familia y ex juez Pedro Beirute y sus asociados emitieron una declaración en su página en Facebook el día de ayer.

En realidad se trata de la interpretación de lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos antes una consulta hecha por el Gobierno de Luis Guillermo Solís a ese organismo.

Esta publicación se ha viralizado y ha provocado un intenso debate en redes sociales especialmente en grupos y foros donde cada quien emite su opinión en relación a lo que se postea en esos apartados de Facebook.

Este es el post del Bufete Beirute & Asociados:

Estimados y respetados amigos, todos, incluyendo a aquellos no heterosexuales a quienes no discrimino bajo ninguna circunstancia. Sólo quiero hablarles como abogado, como jurista, como respetuoso del derecho.

A raíz de una publicidad “engañosa” originada en el desconocimiento del voto consultivo de la Corte Interamericana de Derecho Humanos, con títulos que NO SON CIERTOS, el país en buena medida ha respondido familiarmente oponiéndose al MATRIMONIO HOMOSEXUAL. No a los DERECHOS FUNDAMENTALES que puedan tener este grupo minoritario costarricense. Sino a lo que se considera como una máxima constitucional.

A los homosexuales debemos respetarlos, y sobre todo JAMAS DISCRIMINARLOS. Pero se han ilusionado falsamente.

No es cierto que la Corte haya aprobado ningún MATRIMONIO entre pares del mismo sexo. No es cierto que el REGISTRO CIVIL pueda inscribir ningún matrimonio de estos.

NO ES CIERTO QUE NINGUN NOTARIO PUBLICO PUEDA CASAR A NADIE HOMOSEXUAL. Quienes lo hagan COMETERAN PREVARICATO e irán a la CARCEL. Así de legal. "No cometan tonteras o errores que les costará caro".

En Costa Rica, existe un principio de LEGALIDAD Y UNA RESERVA DE LEY. Eso significa que este VOTO (NO ES UNA RESOLUCION O FALLO DE LA CORTE) JAMAS podría derogar la CONSTITUCION POLITICA de Costa Rica.

Es a través de una constituyente que la Constitución se modifica. No puede venir un Organismo extranjero, por más Corte que sea, a quitarnos esa soberanía.

Y menos cuando se trata de una OPINIÓN CONSULTIVA OC-24/17

DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SOLICITADA POR LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
IDENTIDAD DE GÉNERO, E IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN A PAREJAS DEL MISMO SEXO
OBLIGACIONES ESTATALES EN RELACIÓN CON EL CAMBIO DE NOMBRE, LA IDENTIDAD DE GÉNERO, Y LOS DERECHOS DERIVADOS DE UN VÍNCULO ENTRE PAREJAS DEL MISMO SEXO (INTERPRETACIÓN Y ALCANCE DE LOS ARTÍCULOS 1.1, 3, 7, 11.2, 13, 17, 18 Y 24, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 1 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS)

Correcto, así como lo leen. Por ninguna parte se habla de MATRIMONIO HOMOSEXUAL.

Se trata la opinión sobre identidad de género (la cosa más antinatural que hemos visto) sencillamente se nace hombre o mujer, no transexual, ni medio hombre ni medio mujer.

Sin embargo, pensando que se debe respetar a esta población, eso no significa que tengan que estar por encima de la mayoría hombre o mujer.

Casos excepcionales como ser HERMAFRODITA, (aquellos que nacen con ambos órganos distintivos de ser hombre o mujer, pene o vagina), tendrán todo el derecho de poder obtener su propia personalidad masculina o femenina, en un primer momento a través de sus PADRES quienes ejercen la patria potestad de ellos y podrán mediante consejo médico decidir el sexo final de su retoño, y luego cuando sean mayores de edad y puedan decidir el sexo que les haga sentir bien).

El cambio de nombre: la “opinión” igualmente se refiere a este tema. Pero no es que mañana quienes han salido ya en portadas de prensa, puedan ir al Registro a pedir no llamarse “Pedro” sino “Juana”, sino que se debe cumplir con lo que manda el artículo 54 del Código Civil.

De lo contrario no es por gusto, ni por género, y mucho menos puede EL REGISTRO CIVIL crear espectativas falsas a la población homoseuxual de que ya se pueden casar, de que ya puedan cambiarse el nombre, de que ya puedan cambiar de sexo, y MUCHO MENOS QUE YA LOS PUEDAN CASAR. NUNCA LEGALMENTE HABLANDO.

En cuanto a los DERECHOS DERIVADOS DE UN VINCULO ENTRE PAREJAS DEL MISMO SEXO, estoy seguro que pocos o nadie de los que han opinado sobre el tema como “expertos”, ni siquiera se ha leído el texto completo de esa OPINION de la Corte. Los oigo hablar y me digo, Dios mío pero que pasa, de donde sacan esas conclusiones.

Por ningún lado se habla de que debe aprobarse el MATRIMONIO HOMOSEXUAL.

El respetar los derechos de las personas del mismo sexo, al igual que los heterosexuales, no significa ningún matrimonio homosexual. Y paso a explicarlo popularmente para que nos entendamos todos.

Los DERECHOS FUNDAMENTALES de todo ser humano, sea o no homosexual, transgénero o como quieran inventar llamarles para justificar una tesis, son el DERECHO A LA VIDA, EL DERECHO AL TRABAJO, EL DERECHO A LA SALUD, EL DERECHO AL LIBRE TRANSITO. EL DERECHO A LA NO DISCRIMINACION.

El contraer matrimonio NO ES UN DERECHO FUNDAMENTAL. Si usted quiere se casa, si no quiere no se casa. Y por esa razón nadie lo puede DISCRIMINAR.

PERO VIVIR, TRABAJAR, CAMINAR Y TENER SALUD NO SE NOS PUEDE DISCRIMINAR EN RAZON DE QUE SEAMOS O NO HOMOSEXUALES.

Existe discriminacion en Costa Rica en razón del sexo? NO, NO Y NO.

A LOS HOMOSEXUALES no se les discrimina en el TRABAJO. Trabajan donde quieren, en el Gobierno central, en el Poder Judicial, en los medios televisivos, en los periódicos, en la empresa privada, donde quieran. Y si a algún patrono se le ocurriera estupidamente no darles trabajo en razón de su homosexualidad, habrá que denunciarlo y castigarlo conforme a la ley. Porque no se puede ni se debe discriminar a nadie en razón de su inclinación sexual.

Los homosexuales tienen todo el derecho a la SALUD. COMO CIUDADANOS la Caja debe y lo está haciendo, protegerlos.

Como parejas igual. Pero esos son derechos DERIVADOS DE SU CIUDADANIA, NO DE SI VIVEN JUNTOS O NO.

Es decir, a los HETEROSEXUALES no se les asegura porque sean casados o vivan juntos, sino porque son ciudadanos de Costa Rica.

Ahora, como pareja, es igual.

Los reglamentos de la Caja pueden resolver darle el seguro a las parejas homosexuales si se demuestra la unión civil (no el matrimonio legal) por más de 3 años, aunque siempre será violación de ley porque el Código de Familia establece ese mínimo para que se obtengan derechos.

A las parejas homosexuales no se les discrimina prohibiéndoles HEREDARSE MUTUAMENTE. Lo pueden hacer, HOY MISMO. Esos son derechos civiles como los tiene cualquier pareja no homosexual.





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