Posiciones Primera DivisiĂłn

    1-  AsociaciĂłn Liga Deportiva Alajuelense 29  -  2- AsociaciĂłn Deportiva San Carlos  28  -  3- Club Sport CartaginĂ©s 24  -  4-   Deportivo Saprissa  24  -  5- Club Sport Herediano 20 -  6-  Sporting San JosĂ© 20  -  7-  AsociaciĂłn Deportiva Guanacasteca y de la penĂ­nsula de Nicoya 19  -  8-AsociaciĂłn Deportiva Municipal Liberia  17  -  9- AsociaciĂłn Deportiva Municipal Santa Ana F.C.  13  -  10- AsociaciĂłn Deportiva PĂ©rez ZeledĂłn  12 -   11- Puntarenas FĂștbol Club  8  -  12- AsociaciĂłn Deportiva Santos  5  -    

Denuncias por acoso sexual en el MEP continĂșan en aumento

FUNCIONARIOS INTERINOS Y EN PROPIEDAD DEBEN SOMETERSE A UN PROCESO DISCIPLINARIO

LA VOZ DE GOICOECHEA.-      Entre 2012 y 2016 el Ministerio de EducaciĂłn PĂșblica (MEP) registrĂł un incremento de un 95% en el nĂșmero de denuncias presentadas por acoso sexual.

Con relaciĂłn a las denuncias que ingresan al Departamento de GestiĂłn Disciplinaria por faltas de ya sea acoso sexual o relaciones sexuales con menores de edad, una vez que se cuenta con la informaciĂłn completa del caso, inmediatamente se procede a la apertura del expediente disciplinario.

Se estima que anualmente el MEP recibe cerca de 80 denuncias presentadas por estudiantes con relación a casos de índole sexual. Incluso a octubre de este año las estadísticas del MEP tramitaron mås de 100 casos contra sus funcionarios.

De acuerdo con Nelly Venegas, jefa del Departamento de RĂ©gimen Disciplinario -segĂșn lo que establece el procedimiento- a los funcionarios denunciados se les asigna un abogado defensor, quien les brinda asesorĂ­a para enfrentar el proceso.

“Se le asigna el abogado que hace la imputaciĂłn de cargos correspondientes y se le pone en conocimiento al denunciado sobre los hechos que se le acusan. Luego se le da un plazo de 10 dĂ­as para defenderse de acuerdo con lo que establece el estatuto de Servicio Civil y la Ley de Hostigamiento Sexual”, indicĂł.

Venegas también aseguró que el denunciado puede presentar un escrito de defensa y aportar las pruebas que consideren pertinentes. Posteriormente se convoca a una audiencia donde debe comparecer la presunta víctima y los testigos en presencia del abogado defensor.

“Una vez que se cuenta con todos esos elementos se procede al dictado de la resoluciĂłn final. Puede ser una sanciĂłn disciplinaria que puede ir de 2 dĂ­as a un mes sin goce de salario, el despido para funcionarios regulares propietarios, un cese de interinidad cuando el funcionario tiene un nombramiento interino, o tambiĂ©n puede ser absolutoria cuando se demuestra que el hecho que se le imputo no es cierto.”, manifestĂł Venegas.

Procedimiento disciplinario

Funcionarios en propiedad e interinos deben pasar por un proceso disciplinario. 

Si el funcionario es interino el procedimiento se lleva a cargo a lo interno del MEP y quien toma la decisiĂłn de si se cesa o no es Sonia Marta Mora, ministra de EducaciĂłn.

Contra esa resoluciĂłn el funcionario tiene derecho a recurrirla en un plazo de 3 dĂ­as segĂșn lo dispone la Ley General de AdministraciĂłn PĂșblica.

En el caso de funcionarios en propiedad se remite una solicitud al Tribunal de Carrera Docente firmada por la directora de Recursos Humanos en el que se le pide que se autorice a la ministra a presentar la gestiĂłn de despido ante el Tribunal de Servicio Civil.

“Ellos analizan el caso, nuevamente le dan una audiencia al denunciado dĂĄndole derecho a que presente su descargos y ofrezca sus pruebas. Una vez que concluyen con la instrucciĂłn se remite reiteradamente al Tribunal de Servicio Civil y ellos dictan la resoluciĂłn de fondo ya sea acogiendo o no el despido que el MEP como parte actora solicitĂł”, dijo Venegas.

El MEP estĂĄ en la obligaciĂłn de acatar de forma inmediata lo dispuesto por el Servicio Civil.




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